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Es feriado irrenunciable: ¿Quiénes trabajan este 1 de mayo?

El jueves 1 de mayo es feriado irrenunciable en Chile, ya se conmemora el Día Internacional del Trabajador, por lo que varias personas tendrán un día de descanso.

Por el contrario, hay un cierto grupo de trabajadores que tendrá que desempeñar sus funciones pese a que este festivo es irrenunciable, tales como quienes laboran en servicios esenciales como centros de salud y medios de transporte, además de ciertos trabajadores del comercio.

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¿Quiénes trabajan el 1 de mayo?

La Ley 19.973 establece que este 1 de mayo deben trabajar quienes se desempeñen en:

  • Clubes.
  • Restaurantes
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (bencineras).
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles.

Cabe destacar que los trabajadores del comercio mencionados en el listado, tendrán derecho a descansar los feriados irrenunciables, a lo menos, una vez cada dos años, siempre que se desempeñen para el mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin.

LO ÚLTIMO

Por ejemplo, si al trabajador de un restaurante le toca trabajar este jueves 1 de mayo, le corresponderá descansar el 1 de mayo de 2025.

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¿Cuáles son las multas para los empleadores?

La Dirección del Trabajo es la entidad encargada de fiscalizar que los empleadores del comercio respetar plenamente los feriados obligatorios e irrenunciables.

En caso de que no se cumpla con la ley, a las empresas se les aplicarán multas que van desde las 5 UTM hasta las 20 UTM por cada trabajador afectado, es decir, desde los $343.240 a los $1.372.960, considerando el valor de la UTM en mayo.

En caso de ser sorprendidos cumpliendo turnos sin tener que hacerlo, los trabajadores deberán cesar sus labores y abandonar su lugar de trabajo.

Cabe precisar que los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir este 1 de mayo, debido a que no existe relación laboral.

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