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Permiso de circulación: Esta es la pena y multa por transitar con el documento falsificado

Con la llegada del mes de marzo son miles las personas que ya están mentalizadas en los gastos en los que deben recurrir. Uno de ellos es el permiso de circulación, el cual tiene cierto plazo de pago.

Las personas que tengan que hacer este trámite, tienen hasta el 31 de marzo para completarlo. No obstante, se puede pagar en dos cuotas.

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La segunda cuota está contemplada a cancelarse desde el 1 al 31 de agosto y el proceso lo puedes realizar en la página de la municipalidad en la que pagaste.

¿Cuál es la multa por conducir con el documento falsificado?

En estos tiempos, hay quienes suelen recurrir a la mala práctica de falsificar ciertos documentos. Aquí es cuando aparece el permiso de circulación adulterado.

En la actualidad, transitar con un permiso de circulación falsificado es un delito por el cual el conductor que sea sorprendido recibirá no solo una multa económica, sino también una condena.

La ley contempla que la persona que efectúe este delito recibirá presidio menor en su grado medio a máximo, con la eventual suspensión de su licencia de conducir. Incluso, podría ser inhabilitado de obtenerla por 5 años.

 

Imagen referencial / Aton

 

La multa, en tanto, puede ser de 50 a 100 UTM, lo que se traduce en una sanción económica que va de los $3 millones a $6 millones, aproximadamente, teniendo en cuenta que el valor de la UTM es de $64.793, a marzo del 2024.

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Los portadores de estos documentos falsificados, además, son derivados a una unidad policial y el vehículo es retirado de circulación, informa Autofact.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el permiso de circulación?

A continuación, te dejamos los requisitos para obtener el permiso de circulación, considerando la antigüedad del vehículo que tengas:

Vehículos usados

  • Permiso de circulación anterior.
  • Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.
  • Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el periodo de vigencia del permiso de circulación.
  • Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.

Vehículos nuevos

  • Factura de compra (incluye la copia).
  • Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
  • Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.

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