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¿Estás sin trabajo? Estos son los beneficios disponibles para cesantes en junio

Las personas que se encuentran hoy en día en situación de cesantía tienen la oportunidad de recibir algunas ayudas económicas, aunque deben cumplir con ciertos requisitos para obtenerlas.

En el mes de junio, y al igual que en todo este año, quienes estén desempleados pueden obtener beneficios acreditando cierta información relacionada con el ámbito laboral y otros datos.

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Los beneficios para cesantes disponibles en junio

Teniendo en cuenta lo anterior, a continuación te mostramos los beneficios disponibles para cesantes durante el mes de junio:

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un beneficio que tiene como principal objetivo proteger a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), en caso de quedar cesantes por causas voluntarias o involuntarias, que pueden ser por renuncia, en el primer caso, y despido o término de contrato, en el segundo.

Las personas que tengan la intención de acceder a esta ayuda económica, deben considerar:

  • Estar afiliado(a) a AFC Chile.
  • Estar cesante y contar con un contrato regulado por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o si es trabajador(a) de casa particular.
  • Poseer cédula nacional chilena.

Al mismo tiempo, y para optar a los beneficios de este seguro, el afiliado tendrá que:

  • Acreditar su cesantía mediante alguno de los documentos que señala la ley (finiquito, carta de despido o carta de renuncia, entre otros).
  • Tener un mínimo de cotizaciones desde la fecha de afiliación o desde el cobro del último giro registrado en su Cuenta Individual de Cesantía, según se trate de un(a) trabajador(a) con contrato indefinido o a plazo fijo, sea por obra o servicio determinado.

Subsidio de Cesantía

El Subsidio de Cesantía es otro beneficio, aunque en esta ocasión permite a los trabajadores que están en condición de desempleados poder acceder a un aporte económico por un plazo máximo de 360 días.

A raíz de lo anterior, esta ayuda da derecho a:

  • Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
  • Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
  • Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que la persona beneficiaria fallezca.

El beneficio se entrega por periodos de 90 días, renovables, en caso de acreditarse que la persona persiste en su condición de cesante, hasta totalizar el máximo de 360 días.

Asimismo, hay que tener en cuenta que el Subsidio de Cesantía es incompatible con el Seguro de Cesantía.

 

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Fondo de Cesantía Solidario

Por su parte, el Fondo de Cesantía Solidario busca garantizar beneficios mínimos a los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no cuentan con los recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) una vez que perdieron su empleo.

Las personas que tengan la intención de optar al fondo, tienen que cumplir con las siguientes condiciones:

  • Encontrarse cesantes al momento de la solicitud.
  • Que sus recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
  • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • Que su contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.

Indemnización por término de contrato

La indemnización por término de contrato complementa o sustituye la indemnización por años de servicio y también a la cobertura del Seguro de Cesantía.

Esta indemnización puede ser cobrada en la AFP, pero se tienen que presentar documentos que acrediten el término del contrato de trabajo de la persona.

  • Trabajadores dependientes: esta cuenta puede ser abierta pactando con el empleador el aporte mensual que hará este último (para cubrir la indemnización a todo evento).
  • Trabajadores de casa particular: por ley, los empleadores tienen la obligación de efectuar los aportes; y el trabajador, el derecho de cobrarla al término del contrato. Además, desde el 1 de octubre de 2020, los trabajadores de casa particular también tienen derecho al Seguro de Cesantía.

Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

Si bien no es un beneficio, sí es una plataforma que ayuda a encontrar ofertas de empleo. En esta ocasión hablamos de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), en la cual el usuario puede registrarse (pincha aquí) para verificar qué vacantes hay disponibles.

Es importante tener en cuenta que estar inscrito en la BNE es necesario para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y corroborar que efectivamente se está buscando trabajo.

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