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Último depósito de la devolución de impuestos: ¿Cómo saber si me pagarán el dinero?

A partir de este lunes 29 de mayo inicia el último depósito de la devolución de impuestos para las y los contribuyentes que realizaron la Operación Renta durante el calendario establecido por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Específicamente, reciben este eventual pago las personas que efectuaron su declaración de renta entre el 28 de abril y el 10 de mayo, periodo que correspondió al último plazo para rellenar el formulario 22.

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Después de esta última transferencia, queda esperar al pago por cheque, destinado para contribuyentes que seleccionaron esta modalidad, independiente de la fecha en que hicieron el trámite. Tal pago está fijado para este martes 30 de mayo.

¿Cómo saber si me pagarán la devolución de impuestos?

Para saberlo, el usuario debe visitar esta plataforma del SII (clic aquí) y seleccionar la alternativa "Consultar estado de declaración". Los siguientes pasos son ingresar la Clave Única o la Clave Tributaria, elegir el año tributario —2023, en este caso— y pinchar en "Consultar".

De esta manera, el sistema arrojará la siguiente información:

  • La fecha en que el SII recibió la declaración y el monto solicitado, junto con el respectivo formulario.
  • La fecha en que se autorizó a la Tesorería General de la República (TGR) a hacer la devolución de impuestos.

Dependiendo de la modalidad de pago que escogieron, las y los contribuyentes reciben el dinero a través de depósito en su cuenta bancaria (Cuenta RUT, por ejemplo) o un cheque.

Si no recibo el dinero, ¿cuál es la razón?

Para algunas personas, el sistema arroja un tercer dato adicional, relacionado con la eventual retención de la devolución de impuestos que realizó la TGR. Según explica el SII, la Tesorería puede hacer una retención total o parcial de la devolución de impuestos para cubrir el pago de una deuda morosa.

Además, está autorizada por ley a hacerlo cuando se cumpla alguno de los siguientes escenarios, los que son detallados por la propia TGR en su sitio web:

  • Retenciones judiciales: órdenes que envían los tribunales de justicia en contra de un contribuyente por juicios con terceros.
  • Retenciones judiciales previsionales: órdenes que envían los tribunales de cobranza laboral y previsional, los tribunales del trabajo o los tribunales de garantía para que se retenga la devolución de impuestos por deudas previsionales.
  • Retenciones de crédito universitario solidario o con aval del Estado (CAE): las instituciones de educación superior ordenan a Tesorería la retención del monto de las cuotas del crédito universitario con aval del estado o solidario impagas.
  • Retenciones de instituciones de Salud: Fonasa envía a Tesorería la información de las deudas que el contribuyente tiene con el sistema de salud público para que se retenga el valor adeudado de su devolución de impuestos.
  • Mandatos: corresponde a mandatos establecidos en escritura pública en que un contribuyente le cede a otro su devolución de impuestos
  • Retenciones a evasores en el transporte público: órdenes de retención que emiten los Juzgados de Policía Local por evasión en el pago del transporte público o mal uso de la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE).
  • Retención empleo Sence: órdenes de retención que emite el Sence por subsidios al empleo otorgados a quienes no cumplían todos los requisitos.

Retención también puede ser por deuda en pensión alimenticia

Desde este 2023 también se está aplicando la retención a quienes sean deudores de pensión alimenticia, gracias a la Ley 21.389, la que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.

"En los casos en que aparezca un o una contribuyente deudor o deudora de pensión alimenticia en este registro, la TGR procederá a efectuar la retención correspondiente e instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del menor de edad que tenga derecho a pensión alimenticia", señaló Hernán Nobizelli, tesorero general de la República.

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