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PGU: ¿Quiénes pueden recibir un complemento del beneficio?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un importante beneficio del Estado que se otorga a mujeres y hombres que tengan 65 años o más, sin importar si están pensionados o no.

Para recibirlo se deben cumplir diversos requisitos, tales como estar inscrito en el Registro Social de Hogares y pertenecer al tramo del 90%, acreditar residencia en Chile, contar con una pensión base menor a $1.114.446 y no ser pensionado de Capredena ni Dipreca.

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Probablemente, algunas personas desconozcan que la PGU entrega un complemento a determinados grupos de la población, siempre que reúnan determinadas condiciones, las que son similares a las mencionadas en el párrafo anterior.

¿Quiénes reciben un complemento de la PGU?

Según explica ChileAtiende, el complemento se entrega a trabajadores y trabajadoras que realizan trabajo pesado y se acogen a la pensión de vejez anticipada. Estas personas no acceden a la totalidad de la Pensión Garantizada Universal, sino a un monto inferior.

Eso sí, los requisitos que deben cumplir son:

  • Haberse pensionado anticipadamente por trabajo pesado, haciendo efectiva la rebaja de edad (la que legalmente corresponde a 65 años para hombres y 60 años para mujeres).
  • Recibir una pensión o la suma de pensiones del sistema de AFP y que sea inferior al monto de la PGU ($206.173).
  • No integrar el 10% más rico de la población total de Chile.
  • Acreditar residencia en Chile por el lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el solicitante haya cumplido 20 años de edad; y, en todo caso, por el lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la PGU.

Cabe especificar que por "trabajo pesado" se entiende que son "labores cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico, provocando un envejecimiento precoz, incluso cuando no generen una enfermedad laboral", de acuerdo a lo que señala la Superintendencia de Pensiones.

 

Imagen referencial (ATON)

 

¿En qué casos se entrega el complemento?

Cumplida esta primera parte, se deben reunir otras condiciones para obtener el complemento de la PGU. En ese sentido, este beneficio:

  • Se adquiere desde la edad que resulte de restar a 65 (para hombres y mujeres), el número de años de rebaja de edad legal a que haya tenido derecho a la pensión de vejez anticipada (por debajo de 65 años para hombres o 60 años para mujeres). Por ejemplo, si un hombre se pensiona a los 63, recibirá el complemento durante dos años. 
  • Se paga hasta el último día del mes en que la persona cumple 65 años. Después de ello, el Instituto de Previsión Social (IPS) automáticamente verificará los requisitos para que estas personas reciban la totalidad de la PGU.
  • Al complemento de PGU se le aplican las mismas normas de reajustabilidad, extinción y suspensión que se le aplican a la PGU.

¿Cuál es el monto del complemento de la PGU?

El monto del aporte es variable, dado que equivale a la resta entre los $206.173 de la PGU y la suma de las pensiones que la persona reciba desde su AFP.

Lo que sí está claro es que si la cifra de la resta resulta ser mayor que los $206.173, "incluso cuando la persona cumpla con los requisitos, no recibirá complemento alguno", informa ChileAtiende. 

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