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Comienza límite de invierno en las cuentas de luz: ¿Cuánto más tendría que pagar?

  • Por Matías González Olguín

Aún no llega el invierno, pero en algunas zonas ya comienzan a sentirse las bajas temperaturas, lo que hace necesario acudir a las estufas eléctricas u otros métodos de calefacción.

Además, con el próximo cambio de hora —el que ocurrirá este sábado 2 de abril, cuando los relojes se atrasen en 60 minutos cuando sean las 23:59 horas de aquel día— el anochecer será más temprano, así que el consumo de luz será elevado.

Para regular el consumo eléctrico, las compañías se rigen por una medida denominada límite de invierno, la que entra en vigencia a partir de este viernes 1 de abril. Su puesta en marcha implica que algunos hogares tendrán que pagar un monto mayor en sus boletas de luz.

¿De qué se trata el límite de invierno?

Más en detalle, el límite de invierno regula el aumento del consumo eléctrico de cada cliente durante los meses invernales, siendo aplicada únicamente a los clientes que poseen la tarifa BT1 de alto consumo.

Según se explica en el sitio web de la Compañía General de Electricidad (CGE), consiste en "una medida implementada para regular el aumento del consumo de electricidad que ocurre en los meses de invierno, y solo se aplica a clientes con tarifa BT1".

Un cliente puede conocer cuál es su límite de invierno, revisando su boleta: a un costado de las tradicionales barras de consumo aparece la respectiva cifra en kWh, tal como lo muestra la siguiente imagen:

 

Créditos: CGE
Créditos: CGE

 

¿Cuánto más tendré que pagar en mi boleta?

Por su parte, el sitio web de la compañía distribuidora de electricidad Enel explican cómo se determina el límite de invierno de cada cliente: "Para 2022 se calcula promediando el consumo que el cliente registró entre el 01 de agosto de 2021 y el 31 de marzo del presente año, sumándole un 20%".

"El valor mínimo establecido es de 350 kWh, es decir, si el resultado de la operación anterior es menor a dicha cifra, el límite de invierno que se aplicará es de 350 kWh", agregan.

Con respecto a cuánto debe pagar el usuario, el Grupo Saesa detalla que "para que tenga el sobrecargo por consumo sobre el límite de invierno, debe consumir al menos 430 kWh mensuales", es decir, "una cuenta del orden de $70.000 mensuales y el sobrecargo se aplica sólo al consumo que supera el límite".

Para graficarlo, la compañía muestra el siguiente ejemplo, mostrando el consumo de un hogar entre abril y septiembre:

 

Créditos: Grupo Saesa
Créditos: Grupo Saesa

 

Considerando estos datos, Saesa indica que el recargo a cobrar mensualmente es el siguiente:

  • Abril: no habrá recargo porque no se superó el límite de invierno.
  • Mayo: no habrá recargo, porque nuevamente no fue superado.
  • Junio: el consumo (455 kWh/mes) fue mayor al límite de invierno y se superó el umbral de 430 kWh/mensuales. El recargo se aplicará al resultado de la resta entre 455 y 401 (consumo menos el límite de invierno), lo que da 54 kWh. Así, la boleta tendrá como cobro 401 kWh de electricidad consumida (a precio sin recargo) y 54 kWh como electricidad consumida por sobre el límite de invierno a un precio con recargo.
  • Julio: no habrá recargo, porque si bien el consumo superó el límite de invierno, este valor no superó los 430 kWh mensuales de umbral.
  • Agosto: no habrá recargo.
  • Septiembre: no habrá recargo.

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