Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Suspensión del cobro de servicios básicos: Conoce los requisitos del beneficio

  • Por Meganoticias

La Cámara de Diputados y Diputadas despachó a ley el proyecto que evita el corte de servicios básicos por tardanza en el pago de las boletas y establece la suspensión de la cobranza por estos suministros. La iniciativa quedó en condiciones para ser promulgada, lo que podría darse en los próximos días.

La medida va en directo beneficio de las personas más afectadas socioeconómicamente por la crisis sanitaria del coronavirus en nuestro país, y corresponde a una prórroga de la Ley 21.249, la que fue publicada en agosto de 2020.

En ese sentido, las empresas proveedoras de servicios sanitarios, las empresas y cooperativas de distribución de electricidad y las distribuidoras de gas de red tendrán hasta el 31 de diciembre de 2021 para no cortar el suministro por mora.

¿Cuáles son los detalles del beneficio?

Específicamente, el texto señala que las deudas contraídas con las empresas de servicios sanitarios, eléctricos y de gas, generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, se dividirán en el número de cuotas mensuales que determine el usuario a su elección, las que no podrán exceder las 48.

Además, el diputado Leonardo Soto manifestó que las personas que tengan deudas acumuladas en este plazo, podrán suspender los cobros de los servicios básicos entre este mismo periodo, según consigna LUN.

Los requisitos de la suspensión de cobros

En caso de ser promulgada por el Presidente Sebastián Piñera, son cinco los requisitos para acceder al beneficio, pero la persona debe cumplir al menos uno de ellos:

  • Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Ser adulto mayor.
  • Estar recibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
  • Estar acogido a la Ley de Suspensión del Empleo o a la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
  • Ser trabajador independiente o informal y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.

"Cada interesado deberá presentarse ante la empresa o cooperativa proveedora de servicios para acreditar la suspensión. La empresa tendrá cinco días para resolver las solicitudes", añadió el parlamentario Soto.

¿Qué otros grupos serán beneficiados?

Por otro lado, la medida también contempla entre los beneficiarios a grupos especiales de la población y a organizaciones tanto públicas como privadas:

  • Usuarios residenciales o domiciliarios
  • Hospitales y centros de salud
  • Cárceles y recintos penitenciarios
  • Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual
  • Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores
  • Bomberos
  • Organizaciones sin fines de lucro
  • Microempresas

Ver cobertura completa

Leer más de