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Arriendo Especial Clase Media: Revisa cómo acceder al subsidio de hasta $250 mil

  • Por Meganoticias

El Subsidio de Arriendo Especial Clase Media es uno de los aportes que entrega el Estado para los sectores medios del país y, específicamente, está destinado a las familias que tengan ingresos bajos y medios, y que se han visto afectadas laboralmente por la pandemia.

La cobertura del beneficio es de tres meses y el monto que entrega es de hasta $250 mil mensuales, los cuales son depositados directamente y por única vez en la cuenta del arrendador de la vivienda, no del arrendatario. Las postulaciones ya están en curso y finalizan el próximo lunes 31 de mayo.

Al arrendador también se le exigen ciertas condiciones. Por ejemplo, debe ser el dueño de la propiedad arrendada y no tener vínculos de parentesco por sanguinidad o afinidad con su contraparte.

¿Cómo postular al beneficio?

Según explica el Gobierno, si la persona cuenta con Registro Social de Hogares (RSH), debe declarar el núcleo familiar de acuerdo a la información que dicho sistema indica.

En caso de no poseer un RSH, se deberá declarar el núcleo familiar con el que postula, indicando el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco. Vale precisar que los ingresos anteriores a la rebaja o a la cesantía no podrán superar los $2.000.000.

Una tercera alternativa es que también se puede postular con o sin núcleo familiar.

¿Qué documentación necesito para postular?

Lo que necesita la persona interesada para realizar el trámite de postulación son los siguientes requisitos:

  • Acreditar cesantía o disminución de al menos un 30% en los ingresos. Sirve una presentación del finiquito, comprobante de cobros del Seguro de Cesantía, tres liquidaciones que demuestren menos ingresos o cualquier otro documento que respalde la modificación de las condiciones laborales.
  • En caso de adultos mayores jubilados, no deben acreditar nada de lo anterior, pero deben presentar un comprobante de pago de pensión de vejez.
  • Declarar el núcleo familiar que se indica en el Registro Social de Hogares.
  • Si no posee este registro, declarar el núcleo familiar con el que postula, ingresando sus datos personales y parentesco.
  • Acreditar antecedentes de la vivienda arrendada con un contrato de arriendo firmado ante notario y presentar una declaración jurada por el arrendador, en la que se compromete a mantener el arriendo por todo el tiempo cubierto por el beneficio: tres meses.

Beneficio es compatible con el Subsidio de Arriendo

Todos aquellos beneficiarios con el programa de arriendo regular (Subsidio de Arriendo) también podrán postular a esta ayuda especial. De esta manera, el dinero se otorgará como un complemento para apoyar el copago efectuado mensualmente. Eso sí, el aporte se pagará directamente al beneficiario a modo de reembolso del copago realizado.

Primera nómina de beneficiarios

A inicios de mayo, el ministerio de Vivienda y Urbanismo publicó la nómina de beneficiarios del primer cierre parcial del beneficio. Quienes figuren en este registro, el arrendador recibirá el pago del subsidio correspondiente a mayo, junio y julio el día viernes 14 de mayo.

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