Bono de Vacaciones: Este es el monto que solicitó el sector público como reajuste para el 2026

Este miércoles, 16 organizaciones sindicales de la Mesa del Sector Público (MSP-CUT) en coordinación con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) entregaron al Gobierno su propuesta de reajuste y mejoramiento de condiciones laborales, que incluye el esperado Bono de Vacaciones.

Este beneficio consiste en una ayuda monetaria destinada a las y los trabajadores del sector público para la temporada de verano, una fecha donde los gastos por vacaciones suelen aumentar.

¿Cuál es el monto solicitado para el Bono de Vacaciones 2026?

Según un documento compartido por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), los montos propuestos son:

  • $120.122: para trabajadoras y trabajadores cuya remuneración líquida a noviembre de 2025 haya sido igual o inferior a $1.087.159.
  • $60.061: para quienes superen esa cantidad y no excedan una remuneración bruta de $3.600.705.

Este beneficio no es postulable, ya que lo reciben automáticamente quienes cumplan los requisitos definidos en la ley.

Ir a la siguiente nota

¿Quiénes pueden recibir el Bono de Vacaciones?

Como cada año, el bono aplica a personas que trabajen en alguna de estas instituciones:

  • Establecimientos de educación parvularia financiados por Junji.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Asistentes y profesionales de la educación pública en establecimientos dependientes de los Servicios Locales de Educación.
  • Astilleros y maestranzas de la Armada.
  • Establecimientos particulares subvencionados por el Estado.
  • Instituciones colaboradoras del Sename o su sucesor legal.
  • Universidades estatales.
  • Sectores de la Administración del Estado traspasados a municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.

¿Cuándo se paga?

Aunque no hay fecha definida, el bono suele pagarse a más tardar en enero de 2026. Además, el aporte no constituye renta y no está afecto a descuentos.