Tuvo 286 días de licencia en dos años: Declaran vacancia en cargo de funcionaria pública por salud incompatible
- Por Lucas Figueroa
Un revés judicial fue el que sufrió una funcionaria pública, luego de que la Corte de Apelaciones rechazara el recurso de protección interpuesto en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín, por la declaración de vacancia de su cargo debido a salud incompatible.
En los últimos dos años, la trabanadora presentó casi 300 días de licencia, lo que llevó al municipio realizar la declaración de vacancia. En su alegato, la mujer expuso que después de casi 30 años de servicio como administrativa en el Cesfam local, la resolución que declaró vacante su cargo es ilegal y arbitraria, apuntando que la COMPIN había calificado su condición como recuperable.
En contraparte, la Corporación Municipal se defendió y pidió el rechazo del recurso, argumentando que la trabajadora acumuló 286 días de licencias médicas en los últimos dos años.
A su vez, indicó que el artículo 148 de la ley N°18.883 faculta declarar salud incompatible tras seis meses de licencia en dos años sin mediar declaración de salud irrecuperable.
El fallo de la Corte de Apelaciones
El tribunal de alzada le dio el favor a la entidad, rechazando el recurso de protección interpuesto por la trabajadora. La instancia judicial argumentó que la resolución fue dictada por autoridad competente y conforme a la normativa vigente, constatando que la funcionaria presento casi 300 días de licencias comunes en los último dos años.
Además, la autoridad administrativa solicitó previamente a COMPIN evaluar la recuperabilidad de su salud, desestimando que era recuperable.
Así, el trubunal respaldó la decisión administrativa, ajustándose artículo 148 de la Ley N° 18.883 y al artículo 48, letra g), de la Ley N° 19.378, que permiten al alcalde declarar vacante un cargo por salud incompatible incluso sin declaración de irrecuperabilidad, cuando se cumplen los supuestos legales sobre licencias médicas prolongadas, según indica Diario Constitucional.
Por otro lado, la Corte indicó que la vacancia se adoptó también considerando la necesidad de asegurar la continuidad de los servicios de salud y la eficiencia en la atención pública.
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