"A veces la ley no es justicia": Jueza reconoce que dos hombres que no son pareja sean padres de un niño
- Por Meganoticias
Ana María Carriquiry sentó un precedente familiar y legal en Salta, Argentina, al dictar una sentencia inédita. La jueza reconoció la paternidad de dos hombres que no son pareja y que apenas se conocían, para procurar una vida digna a un niño.
Tras la muerte de la madre, la magistrada dictaminó que el menor tendría también dos padres y, en consecuencia, tres apellidos, reportó el diario La Nación. Los hombres son el padre biológico y el padre socioafectivo.
Juan y Pablo, nombres ficticios, aceptaron la triple filiación por el bienestar de su hijo. Así que, tras el fallo, acordaron un régimen de visitas, compartir la cuota alimentaria y la posibilidad de viajar con el niño, entre otras acciones.
“No es fácil plantearse cómo vamos a criar, entre los dos, al niño, pero está bien, si es lo mejor para él (...) No quiero que el niño se vuelva un trofeo, porque no lo es. De a poco, sumaremos afectos”, manifestó Pablo, el padre de crianza.
La historia que cambió la vida de dos hombres
Juan y Pablo cruzaron sus vidas cuando el niño tenía un año de nacido. La mamá del pequeño, identificada aquí como Marisela, estaba enferma y a punto de morir cuando le confesó a su esposo Pablo que el hijo que habían tenido probablemente no era de él sino de Juan, un novio anterior.
Una prueba de ADN despejó la duda. Así que Juan, que apenas se enteraba que tenía un hijo, decidió asumir su nuevo rol. Marisela murió a los pocos días y él, como padre biológico, solicitó que se anulara la paternidad de Pablo y se reconociera la de él.
Pero, el caso tomó un camino inesperado. Pablo alegó que había acompañado a Marisela durante el embarazo hasta el nacimiento de Samuel en 2019. Argumentó que separarlo del niño impactaría negativamente la personalidad del pequeño, quien ya sufría por la pérdida de su madre.
Por ello, solicitó el reconocimiento de la pluriparentalidad, para proteger el vínculo afectivo que mantenía con Samuel y con el resto de la familia.
Un artículo inaplicable y una interpretación moderna
El caso tuvo un gran impacto en la forma de interpretar el concepto de familia, más allá de las leyes. Ana María Carriquiry, jueza del juzgado de familia Nº 2 de Orán, consideró inaplicable el artículo 558 del Código Civil y Comercial donde se establece que una persona solo puede tener hasta dos filiaciones.
“A veces la ley no es justicia. En este caso, la ley no era justa (...) Era mi obligación como jueza buscar una alternativa siempre dentro del marco legal, para hacer de la vida del niño una vida íntegra y digna”, declaró la magistrada en una reciente entrevista La Nación.
“En estos casos, es indiscutido el rol de la socioafectividad como valor jurídico”, señaló la jueza, quien consideró que “está costando mucho cambiar el concepto de familia”.
En el fallo, emitido en agosto de 2021, Carriquiry afirma que hay que “sumar afectos” y no desplazar a uno u otro.
La jueza salteña escribió una carta para que Samuel la lea en el futuro. “Lo único que hice fue reconocer el derecho que tenés a tener dos papás que te críen, te cuiden. Porque, en definitiva, lo único que interesa: es multiplicar amor”, expresó en el texto.
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