Pago a cuidadores: ¿En qué casos se entrega el aporte monetario?

Aquellas personas que realicen labores de cuidador o cuidadora de personas en situación dependencia severa tienen la posibilidad de recibir un bono al que pueden acceder siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

Este consiste en un programa de apoyo económico mensual a quienes cuidan a personas en situación de dependencia, con un pago que se realiza a través del Instituto de Previsión Social (IPS) mediante depósito bancario.

¿De cuánto es el monto para cuidadores de personas con discapacidad?

El monto del pago a cuidadores se entrega de manera mensual y asciende a $32.991. Sin embargo, se reajusta anualmente de acuerdo a la variación del IPC.

El dinero no es imponible ni constituye renta, y es compatible con cualquier otro beneficio que no tenga el mismo propósito, lo que permite que los cuidadores puedan recibirlo junto a otros apoyos sociales.

¿En qué casos los cuidadores pueden recibir el pago?

Para que el cuidador pueda recibir el monto, la persona dependiente (causante) debe cumplir con algunos requisitos establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social:

  • Estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural u otro).
  • Tener un cuidador o cuidadora que no reciba remuneración por sus servicios.
  • No encontrarse institucionalizada en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas menores de edad.

Cabe destacar que no debe postular el o la cuidadora, ya que la solicitud para ser acreedor del aporte debe realizarla el equipo médico del centro de atención primaria de salud al que asiste la persona con discapacidad.

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