Seguro de Cesantía: ¿Cómo se pagan los dineros?

La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) cuenta con un instrumento para aquellas personas que perdieron su fuente laboral.

Se trata del Seguro de Cesantía, que busca proteger a los ciudadanos que se encuentran sin trabajo, ya que preserva los fondos ahorrados y los entrega cuando se encuentran en esta condición.

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¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía?

Los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía son los siguientes:

  • Estar cesante, lo que se debe acreditar mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial, según corresponda.
  • Contar con un mínimo de 12 cotizaciones mensuales, si mantenía contrato indefinido. Si se encontraba con contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado, requiere tener al menos 6 cotizaciones mensuales.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

Cabe mencionar que los trabajadores que no cumplan con las condiciones para optar al seguro, pueden hacer la solicitud del Subsidio de Cesantía, el que es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las cajas de compensación.

¿Cómo se cobra el Seguro de Cesantía?

Para cobrar el Seguro de Cesantía es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la sucursal virtual de AFC (pincha aquí) con su RUT o NIC y clave de acceso personal o también con Clave Única.
  • Una vez dentro de su sucursal virtual, debe presionar en la pestaña que dice "Cobro del Seguro".
  • Posteriormente, elegir la opción "Solicitud en Línea", presionar el botón "Cobrar Seguro de Cesantía" y rellenar el formulario con la información solicitada.

 

 

Imagen referencial / Créditos: ATON

 

 

Es importante tener en cuenta que para poder realizar el cobro, debe estar cesante y tiene que acreditar esta condición, ya sea presentando el finiquito firmado y ratificado o en su defecto algún documento que demuestre el término de la relación laboral.

¿De qué manera recibo el dinero del Seguro de Cesantía?

Si bien el pago se realiza de la misma manera, la fecha de pago sí puede variar dependiendo del momento en que se realizó la solicitud. Si esta se realizó antes de los 30 días del término del vínculo contractual, el dinero llegaría al primer jueves, después de cumplidos los 30 días desde que dejó de trabajar para su empleador.

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Por ejemplo, si el 29 de marzo se efectuó el fin de su trabajo, el pago se haría efectivo el 2 de mayo, pues ese sería el jueves más próximo después del plazo de 30 días. 

En lo que respecta al pago propiamente tal, este se hace llegar de las siguientes formas:

  • Depósito en su Cuenta Rut.
  • Depósito en una cuenta corriente o cuenta de ahorro de cualquier banco (solo para titulares de la cuenta).
  • Se excluyen las cuentas bipersonales, como también las cuentas y tarjetas electrónicas creadas vía Internet.
  • Pago en efectivo en cualquier sucursal de Servipag, a menos que se indique BancoEstado, contando con 60 días para su cobro.
  • Un poder notarial que debe ser visado previamente por la Fiscalía de AFC Chile

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