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Familia recibirá más de $110 millones por muerte de bebé al mes de nacer: Médicos no diagnosticaron problemas cardiacos

El Servicio de Salud de Concepción fue condenado a pagarle una indemnización de $110.112.850 a una familia que sufrió la muerte de su bebé cuando apenas tenía un mes de vida, en la región del Biobío.

Los afectados presentaron una demanda contra el organismo, alegando que los médicos del Hospital Clínico Regional de Concepción (dependiente del Servicio) no diagnosticaron una enfermedad cardiaca que padecía la pequeña, la que resultó ser mortal para ella.

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Los detalles de la historia

Con 26 años, la madre supo que estaba embarazada en junio de 2017, cuando presentó cuadros de mareos, decaimiento y vómitos, los que suelen ser normales durante los primeros meses de gestación.

Las respectivas ecografías y controles durante el desarrollo gestacional de su hija se los realizó en el Hospital Clínico Regional de Concepción y el Cesfam de Chiguayante. Según señala la demanda, los especialistas siempre le informaron del supuesto buen estado de salud del feto, por lo que no debía preocuparse.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

La mujer dio a luz a su hija a las 09:06 horas del 8 de diciembre de 2017. Los demandantes aseguran que en la ficha clínica, los médicos constataron parámetros normales en la revisión de la niña, sin detectarse temblores, paresia, parálisis, convulsiones ni visceromegalia ("aumento de tamaño de los órganos internos que se encuentran en el abdomen", según explica Medline Plus).

Sin embargo, la familia acusa que los médicos sí detectaron distintas anomalías, las que fueron comunicadas horas después del nacimiento de la menor. Por estas observaciones, la lactante quedó hospitalizada en la Unidad de Neonatología del Hospital Clínico Regional.

Murió al mes exacto de nacer

Durante el periodo de hospitalización, a la paciente se le realizaron distintos exámenes y controles, los que arrojaron resultados normales. Con esto, fue dada de alta a los diez días de nacer, asistiendo junto a su madre a los controles correspondientes.

Los problemas, no obstante, iniciaron el 7 de enero de 2018, cuando la mujer detectó un tono azuloso en el rostro y orejas de su hija, además de cierta dificultad respiratoria. La menor había presentado cuadros de irritabilidad en días anteriores, pero lo que más preocupó a la familia fue el tono de piel que adaptó.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

Nuevamente acudieron al Hospital Clínico Regional, donde les avisaron que la niña se encontraba en estado grave y que sería hospitalizada para realizarle exámenes. Fue así que se le diagnosticaron al menos siete problemas de salud que comprometían su sobrevivencia.

A las 03:00 horas de la madrugada del 8 de enero, los médicos llamaron a la madre para que acudiera al recinto médico, donde la lactante permanecía intubada. Dos horas y media más tarde, la paciente falleció por una insuficiencia cardiaca y falla multisistemática, provocadas por una cardiopatía congénita que no fue diagnosticada por los especialistas.

El fallo del tribunal

El 3° Juzgado Civil de Concepción determinó que en el Hospital Clínico Regional "no se tomaron los resguardos necesarios que lo obligaban a prestar los cuidados y la asistencia médica esperada eficiente, eficaz y oportuna".

"El diagnóstico temprano de estas malformaciones podría conllevar a un mejor pronóstico y a evitar el daño de otros órganos vitales, como aconteció en este caso, lo que denota el mal funcionamiento del servicio que finalmente causó la muerte al mes de su nacimiento", señaló el organismo.

La compensación que deberá pagar el Servicio de Salud de Concepción, los $110.112.850, se dividirá de la siguiente manera:

  • La madre de la fallecida bebé recibirá $70.000.000.
  • Los dos abuelos maternos de la lactante: $20.000.000 cada uno.
  • A la abuela materna de la menor: $112.850.

Las víctimas fueron asesoradas por el abogado José Bidart Hernández y por el estudio jurídico Diez Schwerter Abogados, de la ciudad de Concepción; quienes se mantienen a la espera de los recursos que puedan interponerse en contra de la resolución de 26 de octubre pasado, para la eventual revisión de la causa por parte de la Corte de Apelaciones de Concepción.