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Convención: Comisión rechaza proyecto "Con mi plata no" y aprueba iniciativa de No+AFP

  • Por Aton

¿Qué pasó?

La Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional tomó este martes dos importantes decisiones en cuanto a sistema previsional se refiere.

Por un lado, rechazó el proyecto "Con mi plata no", el cual buscaba asegurar la propiedad de los fondos previsionales de los trabajadores, mientras que, por otra parte, dio luz verde a una iniciativa de la coordinadora No+AFP.

Rechazo a  "Con mi plata no"

La instancia rechazó con 8 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones la iniciativa popular "Con mi plata no", la cual fue la más votada de las propuestas ciudadanas y llegó a tener un respaldo de 60.850 firmas.

El texto señalaba: "el Estado deberá tutelar preferentemente el derecho a la seguridad social. La ley creará un sistema de seguridad social que asegure el acceso de todos los chilenos en edad de retiro a una Pensión Básica Universal, cuyo financiamiento provendrá de la recaudación tributaria general".

La propuesta establecía la inclusión de una pensión de cotización obligatoria, la cual sería de carácter de "heredables, inalienables, imprescriptibles, inembargables, inexpropiables, y no podrán ser objeto de nacionalización o estatización bajo ninguna circunstancia".

También consignaba que “la ley velará para evitar pensiones diferentes entre hombres y mujeres cuyos fondos previsionales ahorrados sean idénticos en su monto, respetando las modalidades elegidas por cada cual”.

Aprobó iniciativa de la coordinadora No+AFP

Con 20 votos a favor, 12 en contra y 1 abstención, el texto que recibió luz verde establece que "el Estado reconoce a todas las personas el derecho a la seguridad social fundado en sus principios esenciales de universalidad, tanto en lo relativo a la población protegida, como a las contingencias sociales amparadas; suficiencia, proveyendo prestaciones oportunas y actualizadas; uniformidad, unidad y participación en la administración y esencialmente solidaridad en su financiamiento”.

Además, indica que “la definición de la política de seguridad social y el control del sistema que se establezca competen al Estado y al esfuerzo de trabajadores y empleadores a través de cotizaciones obligatorias”.

A ello suma que “la gestión y administración del sistema será pública y recaerá en entes públicos, autónomos sin fines de lucro, cuyo directorio estará integrado por representantes del Estado, los empresarios y los trabajadores”.

Finalmente, establece que “la seguridad social deberá garantizar que el sistema de pensiones que se establezca entregue prestaciones definidas, de forma tal, dar certezas que el monto de las pensiones cumpla a cabalidad con la suficiencia y asegure que la vejez no esté nunca sujeta a variabilidades de las condiciones político, sociales o económicas".

Autonomía del Banco Central

Por otro lado, la Comisión de Sistemas de Justicia aprobó una serie de indicaciones que consagran la autonomía del Banco Central.

Validado con 18 votos a favor y 1 en contra, el primer artículo consigna que "el Banco Central es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, de carácter técnico, encargado de formular y conducir la política monetaria. La ley determinará su organización, atribuciones y sistemas de control, así como la determinación de instancias de coordinación entre el Banco y el Gobierno".

Mientras, el segundo artículo tuvo 11 votos a favor, 3 en contra y 5 abstenciones, estableciendo que el Banco deberá "velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, en coordinación con las principales orientaciones de política económica definidas con el Gobierno".

Además, "para el cumplimiento de sus objetivos, el Banco Central deberá considerar la estabilidad financiera, la volatilidad cambiaria, la protección del empleo, la diversificación productiva, el cuidado del medioambiente y patrimonio natural y los principios que señale la Constitución y la ley".

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