Aguinaldo de Fiestas Patrias en el sector privado: ¿Cuándo tienes derecho a recibirlo?
- Por Cristian Latorre
Las Fiestas Patrias son una de las fechas más esperadas por los chilenos y septiembre también puede significar un ingreso extra para algunos trabajadores con el conocido aguinaldo de Fiestas Patrias.
Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre con los beneficios establecidos para determinados pensionados, el aguinaldo no es una obligación legal general para los empleadores del sector privado.
Esto significa que una empresa no está obligada automáticamente a entregar este dinero a todos sus trabajadores por el solo hecho de llegar septiembre.
Ir a la siguiente nota¿Cuándo corresponde recibirlo?
Los trabajadores del sector privado sí pueden exigir el pago del aguinaldo cuando este beneficio se encuentra establecido en su contrato de trabajo.
También corresponde cuando existe un contrato o convenio colectivo que incorpora el aguinaldo como una de sus cláusulas.
En estos casos, el beneficio deja de ser voluntario y pasa a constituir un derecho que el trabajador puede exigir a su empleador.
Por lo tanto, para saber si corresponde recibir un aguinaldo de Fiestas Patrias durante septiembre, es importante revisar las condiciones establecidas en el contrato individual de trabajo o en los instrumentos colectivos que sean aplicables.
¿Y cuánto se paga?
En el sector privado no existe un monto único fijado por ley para el aguinaldo de Fiestas Patrias. La cantidad dependerá de lo que haya sido establecido en el contrato de trabajo, convenio o contrato colectivo correspondiente.
En el caso de los pensionados que cumplen los requisitos establecidos, el escenario es diferente. Para 2026, el aguinaldo de Fiestas Patrias contempla un monto base de $25.280, que aumenta en $12.969 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto.
Este beneficio se paga junto con la pensión de septiembre y, según la información proporcionada, no es tributable ni imponible.
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