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Subsidio DS1: ¿Debo tener crédito hipotecario preaprobado para postular?

Dentro de pocos días inician las postulaciones del segundo llamado del Subsidio DS1, el beneficio que permite a las familias comprar una vivienda o construir una en sitio propio, obteniendo un monto cuya cifra depende de la ubicación geográfica del futuro hogar y de otros factores, tales como los tramos a los que se postule.

Específicamente, las solicitudes comienzan desde el martes 21 de noviembre y se extenderán hasta el jueves 30 del mismo mes. Durante este periodo serán habilitados tres tipos de postulación, cada uno destinado a un grupo específico de personas.

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Desde que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) anunció las fechas de postulaciones, una de las inquietudes más comunes es la supuesta obligatoriedad de tener un crédito hipotecario preaprobado para adjudicarse el subsidio habitacional. Al respecto, el propio Minvu entregó la respuesta oficial.

Primero, ¿cuáles son los requisitos del Subsidio DS1?

Entre el 21 y el 30 de noviembre pueden postular todas las familias (compuestas por un solo miembro o más personas) que no sean propietarias de una vivienda y tengan capacidad de ahorro. Además, el solicitante debe reunir las siguientes condiciones:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Tener cédula de identidad vigente. Extranjeros deben presentar su cédula de identidad para extranjeros con permanencia definitiva y certificado que la acredite.
  • Tener Clave Única.
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses (un año). El respectivo ahorro mínimo debía estar depositado en la cuenta el 31 de octubre.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el nivel socioeconómico que establece uno de los tres tramos (tramo 1, tramo 2 y tramo 3) al que se postula.

 

Imagen referencial (Shutterstock)

 

¿Necesito un crédito hipotecario preaprobado para el DS1?

A través de su cuenta de X (antes Twitter), el Minvu aclaró en una publicación que no se exige la preaprobación de un crédito hipotecario para postular al beneficio habitacional.

Al respecto, si bien el hipotecario no es un requisito, se hace hincapié en la condición de que la persona o familia postulante tenga la capacidad de ahorro, de modo que pueda complementar el monto que otorga el DS1 con un hipotecario (o con recursos propios).

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En otras ocasiones, el ministerio ha señalado que, si bien no es requisito tener la mencionada preaprobación, es probable que la persona necesite uno para complementar su ahorro y el DS1 en caso de ser beneficiaria.

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