Aguinaldo de Fiestas Patrias: Cómo saber si me corresponde y cuáles son los montos en el sector privado

¿Qué pasó?

Queda poco más de un mes para que Chile celebre nuevamente sus Fiestas Patrias, ocasión en la que muchas personas recibirán una platita extra gracias al tan esperado aguinaldo dieciochero.

El Estado ya anunció los montos que recibirán este año los funcionarios públicos, pero también cuánto dinero se les entregará a los pensionados del país.

¿Cuánto recibirán los funcionarios públicos?

En el caso de los funcionarios públicos, el aguinaldo se entrega a todos los trabajadores de planta o contrata que estén contratados al 31 de agosto en los servicios centralizados, descentralizados, municipalidades, corporaciones y salud, entre otros.

Existen dos montos de aguinaldo de acuerdo a la remuneración de cada trabajador:

  • $91.682: Remuneración líquida igual o inferior a $1.060.493 en agosto 2026.
  • $63.645: Remuneración líquida superior a $1.060.493 en agosto 2026.

La entrega de este aguinaldo se realizará de forma automática junto al pago de la remuneración del mes de septiembre.

Aguinaldo para pensionados

El Estado entregará también un aguinaldo a los pensionados del país, el cual corresponde a un monto base de $25.280, el cual puede incrementar en $12.969 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto.

Pueden recibir este pago quienes al 31 de agosto reciban una pensión de:

  • Instituto de Previsión Social (IPS): Pensión Garantizada Universal (PGU), Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o Subsidio de Discapacidad.
  • Una ex caja de previsión o ex Servicio de Seguro Social.
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Leyes de exonerados políticos (Ley Nº 19.234).
  • Mutualidades de Empleadores (Ley Nº 16.744).
  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Reparación: Ley Valech y Ley Rettig.
  • Una AFP o compañías de seguro (siempre y cuando recibas PGU), o el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

¿Qué pasa con el sector público?

En el caso del sector privado, desde el IPS explican que "no es una obligación legal" que los empleadores otorguen un aguinaldo; sin embargo, puedes tener derecho a recibirlo en el caso de que

  • Esté contemplado en tu contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

Como referencia, el año pasado la consultora internacional de recursos humanos Randstand señaló que un 63% de los trabajadores del sector privado recibiría aguinaldo.

En cuanto a los montos —que pueden ser una referencia para este año— de quienes tuvieron aguinaldo en 2025, un 42% recibió más de $90.000, el 31% obtuvo entre $50.000 y $90.000, y el 27% recibió menos de $50.000.

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