Así es el proyecto de "Registro de Vándalos": las conductas que te pueden dejar sin gratuidad, pasaporte o PGU
- Por Meganoticias
El viernes 12 de junio pasado, el gobierno envió al Congreso el proyecto de ley que establece el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, una base de datos pública, electrónica y de alcance nacional administrada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
La iniciativa, a la cual tuvo acceso Meganoticias, no solo busca llevar un control de quienes cometan este tipo de conductas, sino que les aplica una serie de restricciones a beneficios estatales que en algunos casos podrían derivar en polémica.
¿Quién entra al registro?
El proyecto distingue tres grandes categorías de conductas sancionadas con inscripción en el registro. La primera, y más grave, son los actos vandálicos constitutivos de delito. La segunda agrupa incivilidades sancionadas por los juzgados de garantía. La tercera incluye incivilidades de competencia de los juzgados de policía local. A continuación, algunas de las las conductas más destacadas en cada categoría.
Carreras ilegales de autos: del picao a la condena
Una de las conductas es la inclusión de las carreras no autorizadas de vehículos, los popularmente conocidos como "picaos". Quien participe o las organice en la vía pública quedará inscrito en el registro por cinco años, con todas las restricciones que eso implica. En los casos más graves de reincidencia, la ley activa además las restricciones a la gratuidad universitaria y la Pensión Garantizada Universal.
Tomarse un bus o lanzar objetos desde la calle
También queda tipificada la retención o toma de control de vehículos de transporte público de pasajeros, una conducta que se ha vuelto recurrente en contextos de protesta o disturbios urbanos. Del mismo modo, lanzar objetos a personas o vehículos en la vía pública, o interrumpir deliberadamente la libre circulación, son conductas que activan la inscripción en el registro.
El nuevo delito del rayado
Una de las novedades más destacadas del proyecto es la creación de un nuevo tipo penal en el Código Penal: el artículo 486 bis, que tipifica y sanciona específicamente los rayados no autorizados. Quien use marcadores o pinturas para plasmar mensajes, firmas, dibujos u otras expresiones en bienes muebles o inmuebles —públicos o privados— sin autorización, arriesga presidio menor en su grado mínimo y multa de entre 5 y 10 UTM. Si reincide, la pena sube a presidio menor en grado medio y multa de 11 a 20 UTM. Se contempla además el comiso de los instrumentos utilizados. La multa puede ser reemplazada por trabajo comunitario.
Amenazar o agredir a médicos, profesores y manipuladores de alimentos
El proyecto pone especial énfasis en la protección de quienes trabajan en salud y educación. Amenazar o agredir físicamente a médicos, enfermeros, profesores, funcionarios de establecimientos educacionales o incluso a manipuladores de alimentos de colegios activa la inscripción en el registro. En los casos de agresión física más grave, esta conducta entra además en la categoría de delitos especialmente graves, con las consecuencias más severas que eso implica.
Usurpar un colegio o un inmueble fiscal
La ocupación ilegal de inmuebles fiscales, bienes nacionales de uso público o establecimientos educacionales —desde jardines infantiles hasta universidades— también queda inscrita como acto vandálico grave. En los casos más serios de usurpación, el condenado arriesga perder la gratuidad universitaria y la Pensión Garantizada Universal.
Usar explosivos o disparar armas de fuego
El uso de artefactos explosivos o incendiarios y el disparo injustificado de armas de fuego quedan explícitamente incluidos en la lista de actos vandálicos graves. Esta conducta activa todas las restricciones del registro, incluidas las más severas relativas a beneficios sociales.
Drogas en la calle o en la plaza
El consumo de drogas en la vía pública —que ya tiene consecuencias bajo la Ley de Drogas— suma ahora la inscripción en el registro por incivilidad, con un año de permanencia. El tráfico y microtráfico de drogas, en cambio, está en la categoría más grave y genera cinco años de inscripción, más las restricciones adicionales a gratuidad y pensión.
Colarse en el Transantiago o Metro
El uso de transporte público remunerado sin pagar la tarifa correspondiente —evasión, en términos simples— también queda sujeto a inscripción en el registro por incivilidad menor, con un año de permanencia y las restricciones asociadas, incluyendo, llamativamente, la pérdida de la Tarjeta Nacional Estudiantil o los beneficios de tarifa rebajada para adultos mayores.
Bloquear el acceso a una playa o río
Cerrar u obstaculizar los accesos públicos a playas de mar, ríos o lagos también queda tipificado como incivilidad, con sanción de inscripción en el registro por un año. Una conducta que suele asociarse a propietarios de terrenos colindantes que impiden el paso a orillas que por ley son de uso público.
Botar escombros o vender alcohol en la calle
Entre las incivilidades de policía local también se cuentan el depósito de escombros o materiales sin permiso municipal, el consumo de alcohol en calles, plazas y paseos, el expendio de bebidas alcohólicas sin autorización y la elaboración o venta de alimentos en la vía pública sin patente. Conductas que, aunque parezcan menores, dejan a quien las cometa inscrito durante un año, con las consecuencias que eso acarrea.
Las sanciones más llamativas
Más allá de la inscripción misma, el proyecto establece un amplio catálogo de restricciones para quienes queden en el registro:
- Sin pasaporte ni licencia de conducir. Las personas inscritas quedan prohibidas de obtener o renovar ambos documentos mientras dure la anotación.
- Sin beneficios de tarifa rebajada. Se pierde el acceso a la Tarjeta Nacional Estudiantil y los descuentos para adultos mayores en el transporte público.
- Sin gratuidad universitaria ni Pensión Garantizada Universal. Para los delitos más graves, la ley agrega la prohibición de acceder o la suspensión de la gratuidad en educación superior y de la PGU por cinco años desde la sentencia. Esto aplica incluso para quienes ya perciban estos beneficios.
- Sin subsidios habitacionales ni arriendo. Los inscritos quedan excluidos de todos los programas de vivienda del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, incluyendo el subsidio de arriendo.
- Sin becas ni fondos de investigación. Se bloquea el acceso a las becas de educación superior, becas de postgrado y fondos de investigación e innovación de ANID y del Ministerio de Ciencia.
- Sin Pase Cultural ni fondos del Ministerio de las Culturas. También se pierde el acceso al Pase Cultural y la posibilidad de postular como ejecutor de proyectos a fondos concursables culturales.
- Retención de devolución de impuestos. Si existe una multa impaga, el monto equivalente puede ser retenido de la devolución anual del impuesto a la renta.
- Prohibición de entrar a estadios y casinos. Los inscritos no podrán asistir a espectáculos masivos, partidos de fútbol profesional ni ingresar a casinos de juego.
Reincidencia, el factor agravante
El proyecto contempla reglas especiales para reincidentes. Si alguien vuelve a cometer un delito vandálico mientras aún está inscrito, el plazo de permanencia en el registro se extiende en un año adicional por cada nueva condena. En el caso de las incivilidades menores, la primera reincidencia eleva el período a dos años y las siguientes a tres.
¿Quién puede consultar el registro?
El registro será público en un sentido acotado: cualquier persona podrá consultar si alguien está o no inscrito, identificándose con su RUT y nombre, pero con un límite de cinco consultas por año. La información detallada quedará reservada, y solo podrán acceder a ella los organismos del Estado, los tribunales de justicia y los organizadores de espectáculos masivos o casinos. Los datos de menores de edad serán siempre reservados, y su permanencia en el registro es de dos años.
El costo fiscal
Según el Informe Financiero de la Dirección de Presupuestos, la implementación del registro tendrá un costo de $1.362.970 millones durante el primer año, considerando la infraestructura tecnológica y los sistemas de interoperabilidad entre servicios públicos. Desde el segundo año, el costo anual en régimen bajaría a $333.495 millones. La ley entrará en vigencia tres meses después de publicado su reglamento, el que deberá dictarse dentro de los tres meses siguientes a su promulgación.
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