Corte abre cuaderno de remoción contra Yáber: detalles del duro fallo contra el conservador implicado en trama "muñeca bielorrusa"

La Corte de Apelaciones de San Miguel dictó este lunes 27 de abril una resolución disciplinaria que sacude al Poder Judicial: suspendió por 60 días -la sanción máxima prevista por el ordenamiento- al conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Puente Alto, Sergio Rodrigo Yáber Lozano, y al notario titular de la 1° Notaría de San Miguel, Rodrigo Enrique Ortúzar Rodríguez, por participar en una red de tráfico de influencias orientada a intervenir en concursos de nombramientos del Poder Judicial.

Además, el Tribunal Pleno ordenó que, una vez ejecutoriadas las sanciones, se inicie el procedimiento de remoción de ambos funcionarios.

El ex notario interino de la 5° Notaría de San Miguel, Fernando Jean Louis Martel Costa, fue sancionado con una multa de cinco Unidades Tributarias Mensuales por integrar la misma red. El notario titular de la 10° Notaría de San Miguel, Claudio Barrena Eyzaguirre, fue absuelto.

El origen

La investigación sumaria fue ordenada por el propio Pleno de la Corte de San Miguel en noviembre de 2025, a raíz de publicaciones periodísticas, y fue ampliada a solicitud de la fiscal judicial instructora, la fiscal Carla Troncoso Bustamante, para abarcar cualquier incumplimiento de los deberes estatutarios de los investigados en los últimos cinco años.

La Corte Suprema, por su parte, acordó paralelamente instruir una investigación disciplinaria respecto de los mismos auxiliares, resolviendo posteriormente estarse al mérito de lo obrado en esta causa.
Los hechos establecidos contra Yáber Lozano: pagos, contrataciones y ocultamiento patrimonial
La fiscal judicial estableció un conjunto de hechos que el Tribunal Pleno tuvo por acreditados mediante prueba indiciaria.

Yáber Lozano, conservador de Puente Alto desde noviembre de 2018, mantuvo durante años una relación cercana con el ex ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Antonio Ulloa Márquez —posteriormente removido por acusación constitucional— a quien transfirió pagos regulares de dinero que sumaron más de $74 millones entre febrero de 2019 y abril de 2024.

Al asumir el cargo, contrató como jefe de personal bajo honorarios de $3.000.000 mensuales a Víctor Gonzalo Migueles Oteiza, pareja de la entonces ministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco Martínez —visitadora de la Corte de San Miguel para el bienio 2019-2020—, quien fue removida del máximo tribunal en octubre de 2024. La fiscal estableció que la contratación de Migueles “excede del marco de funciones que expuso en el informe al Juez García”, y que no respondía a competencias profesionales sino a “una forma de retribuir a quienes promovieron su votación y la de su círculo cercano”.

A menos de una semana de asumir en Puente Alto, Yáber contrató también a Isabel Priscila Ponce Méndez, cónyuge del ministro de la Corte de San Miguel Luis Sepúlveda, quien votó previamente a su favor. Contrató asimismo a Miguel Farías Pino, hermano del ministro de esa Corte señor Farías, y a Leidi Natalia Moreno Agudelo, empleada doméstica de la pareja Migueles-Vivanco, entre otros. También trabajó en su oficio Pablo Barrena Eyzaguirre, hermano del notario Barrena; Francisco Eguiguren Correa, ex diputado; y Paulina Gahona, hija de un senador de la República.

En cuanto al vínculo con Migueles, la resolución consigna que el 31 de enero de 2025, Yáber y Migueles suscribieron ante la notaría de Ortúzar una escritura pública de transacción, “con el objeto de precaver un litigio eventual derivado de una asesoría y/o servicios de asesoría profesional que prestó desde noviembre de 2018 hasta diciembre de 2024”. Por ese instrumento, Yáber se obligó a pagarle $41.000.000 en 13 cuotas.

En sus propias declaraciones ante la fiscalía penal —reproducidas en la resolución disciplinaria—, Yáber reconoció que contrató a Migueles porque Vivanco “me señaló y me reiteró que su marido o pareja estaba sin trabajo y que si se me podía dar la oportunidad de contratarlo”. Sobre transferencias de dinero efectuadas en junio de 2024 hacia Migueles, declaró que “corresponden a compra de dólares que yo le realizaba a Gonzalo Migueles”, añadiendo que le “llamaba la atención el origen del dinero, sin embargo, se los compraba porque yo los necesitaba”.

El documento también establece que en sus declaraciones de patrimonio e intereses, Yáber “deliberadamente ha omitido información completa y veraz sobre su patrimonio”, incluyendo bienes adquiridos en el extranjero, bienes de sus sociedades y otras empresas vinculadas. La fiscal calificó que “la única razón plausible para la omisión es que el origen de los fondos con los que pudieren ser adquiridos fuere ilícito”.

Otro hecho establecido es la venta de un vehículo Porsche Cayenne, en febrero de 2021, por parte de Yáber a la ex ministra Vivanco, por $35.025.000, con firmas autorizadas ante la Notaría de Barrena Eyzaguirre, “sin acreditación del pago”.

La fiscal recogió también la declaración de una ex trabajadora del Conservatorio quien explicó que no valía la pena demandar laboralmente a Yáber “porque tenía contactos en las altas esferas”.

La interceptación telefónica

Un elemento central de la investigación fue la transcripción de una conversación telefónica sostenida el 1 de octubre de 2025 entre Yáber Lozano y Claudio Barrena Eyzaguirre, cuyo contenido fue transmitido en la audiencia de formalización penal del 7° Juzgado de Garantía de Santiago.

En ese diálogo, el conservador de Puente Alto, según establece la resolución, “admite conocimiento de los delitos de cohecho que se atribuyen a Vivanco Martínez y Mario Vargas” y “refiere cómo a través de abogados de la plaza realizó gestiones para intervenir en las votaciones en las que se debían resolver las apelaciones a las sanciones impuestas a Ulloa Márquez y Sabaj Escudero por infracciones a la probidad”. Expuso también gestiones de intermediación “para intervenir en la nominación para un cargo de ministro de la Excma. Corte Suprema”.

El daño institucional trasciende el caso

El Pleno de la Corte de San Miguel razonó en términos que van más allá de la responsabilidad individual de los sancionados. Sostuvo que “la introducción de criterios ajenos al mérito en decisiones que deben regirse por parámetros objetivos no solo compromete la responsabilidad individual de quienes las ejecutan, sino que generan un daño institucional de especial gravedad, en cuanto erosionan la confianza pública en la imparcialidad, transparencia y rectitud del sistema”.

Añadió que “la sola apariencia de favorecimientos indebidos o de injerencias informales en procesos de selección resulta suficiente para debilitar la credibilidad del órgano jurisdiccional, al instalar en la ciudadanía la percepción de que el acceso y desarrollo en la función pública puede ser determinado por criterios distintos al mérito”.

Las sanciones

El Tribunal Pleno resolvió:

I. Aprobar la investigación de la fiscal Carla Troncoso Bustamante.
II. Imponer a Sergio Rodrigo Yáber Lozano la máxima sanción disciplinaria: suspensión por sesenta días de su oficio, con abono del tiempo ya suspendido en virtud de la medida cautelar previa.
III. Absolver a Claudio Barrena Eyzaguirre de los cargos formulados. Sin perjuicio de ello, remitir antecedentes al fiscal judicial que corresponda, en atención a irregularidades menores detectadas en su notaría.
IV. Imponer a Rodrigo Enrique Ortúzar Rodríguez la máxima sanción disciplinaria: suspensión por sesenta días de su oficio.
V. Imponer a Fernando Jean Louis Martel Costa una multa de cinco Unidades Tributarias Mensuales.
VI. Ordenar, una vez ejecutoriadas las sanciones de Yáber y Ortúzar, el inicio del procedimiento de remoción de ambos.

Todo sobre Trama muñeca bielorrusa