Para eliminar "vacío legal": Tarjetas de prepago tendrán que informar sobre 50 transferencias al mes
Durante la primera semana de enero, el Gobierno presentó un proyecto de ley que contiene diversas medidas que modifican actuales legislaciones en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica.
Mientras la tramitación avanzaba en la Cámara de Diputadas y Diputados, el Ministerio de Hacienda ideó diferentes indicaciones que se presentaron el miércoles 22 de enero. ¿El objetivo de ellas? Fortalecer las atribuciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) en su combate contra la informalidad, la evasión y la elusión de impuestos.
La maniobra del Ejecutivo busca eliminar un "vacío legal" en el Código Tributario que quedó tras la promulgación de la Ley 21.713, la que consideró únicamente a las instituciones financieras (bancos y cooperativas de ahorro y crédito) en la obligación de reportar la cantidad de abonos que reciben los usuarios.
Abonos en tarjetas de prepago también serán informados
El forado legal que aquejaba al Código Tributario era que no estaban contemplándose a los emisores de cuentas de provisión de fondos, más conocidos como tarjetas de prepago, cuya principal característica es que deben cargarse con dinero antes de ser utilizadas.
Por ejemplo, los emisores de servicios como Mercado Pago, Tarjeta Los Héroes, Tapp, La Polar, Tricard y Copec Pay, entre otros, no estaban obligados a reportar cuando sus usuarios, dentro de un mismo día, semana o mes, recibían más de 50 abonos provenientes de 50 o más RUT diferentes; o cuando dentro de seis meses obtenían al menos 100 abonos de 100 emisores distintos.
Para evitar esta situación, lo que hace una de las indicaciones del Gobierno es modificar el artículo 85 bis del Código, estableciendo que, además de los bancos y las cooperativas de ahorro, "también estarán obligadas a reportar (las citadas cantidades de abonos) las entidades emisoras de tarjetas de prepago, sean bancarias o no bancarias".
¿Qué información se entrega al SII?
Las actuales entidades sujetas al Código —y pronto los emisores de tarjetas de prepago— entregarán en julio de 2025 el primer informe de transferencias. Este documento reunirá todos los abonos realizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año.
Específicamente, los datos que contendrá serán sobre:
- Cuentas corrientes bancarias
- Depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista.
- Cuentas a la vista, cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos, y cuentas de ahorro a plazo para la educación superior.
- Contratos de seguros con cuenta de inversión o ahorro, o valor de rescate, o que garanticen un capital al término de un plazo.
- Contratos de rentas privadas, ya sean vitalicias o temporales.
Por último, si es que son aprobadas las indicaciones del Ejecutivo, el informe también tendrá información sobre tarjetas de prepago, sean bancarias o no bancarias.
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