Empaquetadores de supermercado fueron despedidos y ahora les deberán pagar varios millones de pesos
¿Qué pasó?
La Corte Suprema ordenó a un supermercado pagar las correspondientes indemnizaciones a un grupo de ocho empaquetadores, que fueron despedidos de manera injustificada y a quienes se les adeuda sus cotizaciones.
El máximo tribunal rechazó el recurso interpuesto en contra de la sentencia que acogió la demanda que reconoció que existió una relación laboral entre los empaquetadores y la empresa, declaró la desvinculación como injustificada y ordenó el cobro de prestaciones adeudadas.
El caso
Los trabajadores realizaron labores de empaque en el local Cugat Temuco, de la empresa Supermercado Central Limitada, durante distintos periodos de tiempo, y bajo un sistema de propinas.
De acuerdo al fallo de primera instancia, los funcionarios estaban sujetos a órdenes e instrucciones de la compañía y tenían la obligación de utilizar un uniforme, además de estar subordinados a la vigilancia y control de horarios.
"Hay una preocupación constante por alguien del supermercado para que estás labores se cumplan, y se cumplan bien. De hecho, en una de las conversaciones se habla que lo más importante son los clientes, que estén bien atendidos. También hablan de la presentación de los empaques. Se citan a reuniones y se ve una preocupación constante porque este servicio esté cubierto y además pueda ser proporcionado en forma continua", afirmó el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.
"Los actores debían mantener cierto decoro y trato con los clientes, también presentarse de cierta manera en su presentación personal", sostuvo, aclarando que los coordinadores, que también eran empaques, respondían ante el supermercado, ya que de no hacerlo les podrían quitar sus turnos.
Jornada laboral
Sobre la jornada laboral, el fallo indicó que "no existe un horario determinado, sino una necesidad de cumplir la jornada completa del supermercado... Siendo esta una necesidad de supermercado".
"Existe una constante vigilancia y supervisión sobre la asistencia para cumplir la función que se da dentro del supermercado, y para que esta sea cumplida durante toda la jornada", agregó.
En ese sentido, se establece que los trabajadores cumplían sus labores bajo una modalidad part time, con turnos asignados de acuerdo a sus necesidades.
Establecen relación laboral
A raíz de estos antecedentes, la resolución afrimó que "se puede ver que existe una continuidad en los servicios por los empaques, los que se encontraban presentes durante toda la jornada del supermercado".
"En relación a la remuneración, efectivamente no hay un pago en dinero por parte del supermercado... En este caso lo que los demandantes ganaban eran las propinas que ellos pudiesen obtener de los clientes, las cuales todas se daban en dinero efectivo", añadió, precisando que los empaques recibían este dinero por los términos acordados por el supermercado.
"De acuerdo a la prueba rendida, y a los indicios analizados, este Tribunal considera que la prueba aportada supera el estándar necesario para entender que los demandantes están protegidos al amparo de una relación contractual laboral", resolvió.
Pago de cotizaciones y de hasta $2.500.000
Para determinar las indemnizaciones y prestaciones a pagar a los trabajadores, el tribunal entendió que la fecha de inicio de funciones es la señalada por cada uno de los demandantes y fijando una remuneración de $224.666.
Teniendo en cuenta dicho monto, se ordenó a la empresa al pago de cotizaciones por el periodo trabajado por cada uno, menos las que sean de cargo del trabajador.
También, se ordenó el pago de remuneración desde la fecha del despido (18 de diciembre del 2020) hasta la fecha de la convalidación por el pago de las cotizaciones.
Además, cada trabajador deberá recibir las siguientes sumas:
Trabajador 1:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 5 años $1.123.330.
- Recargo del 50% $561.665.
- Feriado 4 años, 10 meses y 17 dias 73.19 a $ 7.491 total $548.266
Trabajador 2:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 1 año $224.666.
- Recargo del 50% $ 112.333
- Feriado un año y 17 días 15, 69 total $117.533
Trabajador 3:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 2 año $449.332.
- Recargo del 50% $ 224.666
- Feriado 1 año y 6 meses y 17 días 23,19 $173.716.
Trabajador 4:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 4 años $898.664.
- Recargo del 50% $449.332.
- Feriado 4 años, 2 meses y 17 días 63.19 total $473.356.
Trabajador 5:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666
- Indemnización por años de servicios 5 años $1.123.330.
- Recargo del 50% $561.665.
- Feriado 4 años, 8 meses y 17 días 70,69 $529.539.
Trabajador 6:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 3 años $673.998.
- Recargo del 50% $336.999.
- Feriado 3 años y 17 días 45, 69 total $342.263.
Trabajador 7:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 5 años $1.123.330.
- Recargo del 50% $561.665.
- Feriado 5 años 4 meses y 17 días 80,69 $604.448.
Trabajador 8:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo $224.666.
- Indemnización por años de servicios 6 años $1.347.996.
- Recargo del 50% $673.998.
- Feriado 5 años 9 meses y 17 días. 86.19 total $645.649
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