Ministra Izkia Siches responde a la acusación constitucional en su contra
¿Qué pasó?
En un documento de 158 páginas, la ministra del Interior, Izkia Siches, respondió la acusación constitucional presentada en su contra por diputados del Partido Repúblicano, que acusan a la secretaria de Estado de "comprometer el honor de la Nación, infringir la Constitución y las leyes y haber dejado éstas sin ejecución".
La autoridad, que será representada por la abogada Elisa Walker, contestó cada uno de los siete capítulos del libelo y reveló que acudirá a la denominada "cuestión previa", que de ser aprobada, la acusación quedará sin efecto.
Primer capítulo
Respecto al cuestionamiento del retiro de 139 querellas por Ley de Seguridad Interior del Estado, que habían sido presentados en el contexto del estallido social, el documento destaca que "a pesar de que interponer querellas basadas en la Ley de Seguridad del Estado es una facultad de uso excepcional y en ningún caso una obligación, la decisión de retirarlas, cuestión que se encuentra expresamente reconocido en la ley, está suficientemente fundada".
"El principal órgano encargado de proteger y promover los Derechos Humanos en el continente, la CIDH, hizo una recomendación explícita a Chile, de evitar usar la Ley de Seguridad del Estado indiscriminadamente; las manifestaciones sociales acaecidas desde octubre de 2019 dejaron un saldo preocupante de personas detenidas y privadas de libertad, sin juicio previo; y en a lo menos 139 casos, debido a su menor gravedad y afectación a la seguridad del Estado, no se vislumbraron motivos plausibles para hacer aplicable la Ley de Seguridad del Estado", detalla.
Segundo capítulo
En cuanto al capítulo que apunta a que Siches no se querelló después de que ella y su comitiva fueran atacados en Temucuicui, la contestación al libelo indica que "no existe tal cosa como un deber de presentar querellas por parte de esta ministra del Interior y Seguridad Pública".
De todos modos, aclara que se dio cuenta de los hechos a Carabineros, y que prueba de ello es que "concurrieron al lugar el fiscal de turno del Ministerio Público, personal del OS9 de Carabineros, personal del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile (LABOCAR) y el Departamento de Encargo y Búsqueda de Personas y Vehículos de Carabineros de Chile".
Tercer capítulo
Sobre el apartado que dice relación al uso del término "Wallmapu", que generó polémica con Argentina, el documento recalca que la canciller, Antonia Urrejola, aclaró en la Cámara de Diputados que "el Gobierno argentino no realizó ninguna protesta diplomática, ni queja formal por las referidas declaraciones, y, en consecuencia, la situación no generó un problema diplomático bilateral".
"Se debe resaltar que las artificiosas polémicas que se intentaron levantar a propósito del uso del concepto 'Wallmapu', se vieron opacadas por la exitosa gira realizada por S.E. el Presidente de la República, que contó, entre otras actividades, con un concierto de la hermandad chileno-argentina", agrega.
Cuarto capítulo
En referencia a su errónea acusación sobre un supuesto avión que debía expulsar del país a migrantes y que habría vuelto al país con todos sus pasajeros al interior, Siches afirma que no existió vulneración a la probidad, ya que "esta ministra entregó información teniendo fundamentos para ello. No ha sido nunca mi intención declarar 'falsedades', ni menos esa conducta ha sido persistente, reiterada o habitual, como han pretendido la y los autores de la acusación".
Sin embargo, reconoce que realizó intervenciones "con información equívoca o imprecisa cuyo origen se debió a desprolijidades que no me fueron imputables en absoluto. En efecto, esta información fue rectificada públicamente, tan pronto tuve conocimiento del equívoco".
Quinto capítulo
Respecto a que no se estarían llevando a cabo todas las expulsiones migratorias, la contestación de la acusación precisa que "las expulsiones judiciales son determinadas por un juez como pena sustitutiva para aquellos extranjeros que no residieren legalmente en el país".
"Esta ministra de Estado dispone de un margen de acción para adoptar las decisiones de dirección política, de acuerdo con los lineamientos de S.E. el Presidente de la República. Pero la implementación de la política - como, por ejemplo, mediante la expulsión de extranjeros en los casos que corresponde – no es una cuestión que esté dentro de sus competencias", asegura.
También se refiere a la acusación de fomentar el turismo laboral, a través de un decreto que permite solicitar un permiso de residencia temporal, explicando que "es claro que los requisitos previstos en el artículo 18 no suponen de ninguna manera un permiso generalizado de ingreso al país... Asimismo, es claro que las afirmaciones vertidas en el libelo de la acusación constitucional no son verídicas ni justificadas".
Sexto capítulo
En cuanto a la implementación "tardía, insuficiente y acotada" del Estado de Excepción en la Macrozona Sur, el documento señala que "las consecuencias del conflicto en la zona sur no pueden ser atribuidas a una sola persona, ni menos aún, a esta ministra del Interior y Seguridad Pública".
"La situación que describen la y los acusadores en su libelo y los perjuicios a las garantías fundamentales que invocan para acreditar una supuesta infracción al artículo 1 de la Constitución Política de la República, no pueden ser imputadas a ninguna acción u omisión de esta ministra del Interior y Seguridad Pública, la que en solo 3 meses en el cargo no puede solucionar un conflicto de larga data en la historia de nuestro país".
Séptimo capítulo
Finalmente, Siches contestó los cuestionamientos por no haber denunciado al líder de la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), Héctor Llaitul, por sus declaraciones llamando a la "resistencia armada".
"Es claro que el Ministerio Público es el órgano constitucional encargado de la persecución y ejercicio de la acción penal, siendo este el encargado de la investigación de los delitos. Así, no corresponde al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en general, ni a la ministra del Interior y Seguridad Pública, en particular, perseguir ni investigar determinados delitos", asevera el documento.
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