Auxiliar de aseo es despedida por faltar al trabajo pero estaba de vacaciones: Le tendrán que pagar más de $7 millones
- Por Javiera Rodríguez
¿Qué pasó?
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ordenó a un establecimiento educacional a pagar más de $7 millones a una auxiliar de aseo, a la que despidió afirmando que no volvió a trabajar después de sus vacaciones, pero todavía se habría encontrado en ellas.
El tribunal acogió parcialmente la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentada por la exfuncionaria, al considerar que la Sociedad Educacional La Calabaza Limitada no pudo acreditar que la trabajadora se haya ausentado de manera injustificada de sus funciones.
Versión del recinto educacional
De acuerdo al fallo, lo que se encontraba en discusión era la fecha de retorno de la mujer a sus labores, por lo que se debía acreditar que estaba autorizada para ausentarse desde el día 18 de febrero de 2021.
El establecimiento alegó que a la auxiliar de aseo sólo se le habían autorizado 10 días de vacaciones, por lo que tenía que volver a integrarse a sus funciones el 18 de febrero de 2021.
"Para probar sus dichos ha incorporado en juicio un certificado de vacaciones de la demandada, el cual no se encuentra suscrito por ella y unas copias de conversaciones de WhatsApp", dice la resolución.
Versión de la auxiliar de aseo
Por su parte, la trabajadora señaló que se encontraba haciendo uso de su feriado legal por 21 días, el que terminaba a finales del mes de febrero, pero que su empleadora le pidió el término anticipado.
"Al respecto, los testigos presentados, fueron contestes al indicar que la demandante gozaba con 21 días de feriado equivalente al feriado legal, el cual concluiría a fin de mes", indica la resolución.
¿Qué dijo el tribunal?
Respecto a las pruebas presentadas por el establecimiento educacional, el fallo afirma que "se desprende que no es suficiente para tener por cierto la argumentación de la empleadora, dado que el certificado de feriado no demuestra la aprobación de este por parte de la trabajadora y las conversaciones de WhatsApp aparecen como inconclusas, confusas, susceptibles de una interpretación favorable para ambas partes, además de no haber sido reconocidas y explicadas por sus emisores en audiencia de juicio".
"Se concluye que la demandada no logró probar en juicio los hechos imputados por la causal invocada en la carta de despido, por ende el despido de la trabajadora deberá ser declarado injustificado e indebido", sostiene.
Pago de más de $7 millones
De este modo, del tribunal condenó al establecimiento educacional a realizar los siguientes pagos a la extrabajadora:
- $79.687 por concepto de remuneraciones descontadas del mes de marzo de 2020.
- $81.624 por concepto de feriado legal correspondiente al período 2020-2021.
- $408.125 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo.
- $3.673. 125 por concepto de indemnización por años de servicio.
- $2.938.500 por concepto de recargo legal del 80% de la indemnización por años de servicio.
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