Trabajador se quebró una costilla y fue despedido: Su empresa tendrá que readmitirlo y pagarle elevada indemnización
Una empresa de alarmas de seguridad y su extrabajador son protagonistas de un particular caso judicial en España, cuyo resultado fue que la primera deberá pagarle una cuantiosa indemnización al segundo por daños morales.
Así lo dictaminó el Tribunal Superior de Justicia de Canabria, la que analizó el caso para luego concluir que la compañía despidió injustificadamente a su otrora funcionario, quien estaba con baja médica por romperse una costilla en un accidente laboral cuando fue cesado.
La justicia española no solo ordenó una compensación económica a favor del afectado, también su readmisión, lo que implica que la condenada deberá abonarle todos los sueldos que él dejó de cobrar desde su despido (abril de 2024).
Los detalles del caso
La relación laboral entre ambos protagonistas comenzó en septiembre de 2022, cuando el trabajador fue contratado para desempeñar el cargo de asesoramiento técnico para el cliente. A fines de 2023, quedó en situación de discapacidad temporal por un accidente laboral, con diagnóstico de fractura de costilla que requirió dos operaciones.
Pasaron los meses y, mientras estaba con licencia, el 18 de abril de 2024 le llega una notificación de la empresa: había sido dado de baja del sistema de seguridad social (sus cotizaciones de pensiones y de salud dejaron de ser pagadas), lo que en otras palabras se traduce a que fue despedido.
Ese mismo jueves 18, la compañía le envío a su domicilio un burofax (sistema para la emisión urgente de documentos) con la carta de despido disciplinario, pero esta nunca le fue entregada. Días más tarde, lo que sí le llegó a su correo electrónico fue el recibo de su finiquito.
El funcionario intentó buscar una conciliación laboral con la entidad, pero como esta no atendió el llamado, llevó el caso a instancias judiciales.
La condena de la justicia española
Los antecedentes primero pasaron por el Juzgado de lo Social N°2 de Santander, cuyo juez declaró "improcedente" el despido y le dio dos opciones a la empresa: readmitirlo en su cargo o indemnizarlo con 3.143 euros (unos 3,3 millones de pesos chilenos).
Pese a que las alternativas iban en su beneficio, el trabajador no estuvo de acuerdo con ellas, así que apeló hasta que la situación llegó al Tribunal Superior de Justicia de Canabria, la que dictaminó que "el despido ante el que nos encontramos es improcedente por vulneración de derechos fundamentales".
"Nos encontramos con un despido que se produce a propósito de una incapacidad temporal que se prolonga por un periodo superior al año, cuando era previsible que el mismo fuera de larga duración", señaló el tribunal.
Con todo, junto con su readmisión, la justicia española sentenció a la compañía de alarmas de seguridad a pagarle una compensación por daños morales equivalente a 7.501 euros, más de $8 millones.
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