Horario de colación para trabajadores: ¿Cuál es el tiempo mínimo?

La Dirección del Trabajo ha establecido que dentro de una jornada laboral debe fijarse un tiempo de descanso para la colación.

Sin embargo, este tiempo puede variar según el tipo de trabajo que se esté realizando o según lo que establezca cada empleador, pese a que la ley ha fijado un periodo mínimo para este descanso.

¿Cuál es el tiempo mínimo para colación de los trabajadores?

Según el Código del Trabajo, la jornada laboral se divide en dos partes y ese lapso entre ambas partes se debe destinar a la colación, que, según la ley, debe durar al menos 30 minutos. Este tiempo no cuenta como horario trabajado.

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Si bien la autoridad no establece un máximo para la colación, sí autoriza que el trabajador y su jefatura puedan acordar un periodo de descanso más largo, aunque precisa que no debe ser más largo de lo que se necesita para comer.

Lo anterior se debe a que la colación es considerada como una comida moderada para recuperar energías tras la primera parte de la jornada.

Un caso especial es el de los trabajadores de restaurantes que atienden directamente al público. Ellos pueden acordar con su empleador un horario de colación de hasta 4 horas, y ese tiempo no se considerará parte de la jornada de trabajo.

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