Grabado de patentes: ¿En cuántos vidrios debe hacerse?

En marzo se publicó la normativa que rige para realizar correctamente el grabado de patentes de vehículos en vidrios y espejos.

Es necesario hacerlo no solamente para prevenir el robo de automóviles, sino que también para evitar multas por no cumplir esta ley.

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Cabe mencionar que se arriesgan a sanciones que van desde 1 a 1,5 UTM, es decir, desde $65.443 hasta $98.164, aproximadamente.

¿En cuántos vidrios debe hacerse el grabado de patente?

En concreto, y según lo estipulado por el reglamento, la patente debe estar grabada en 8 vidrios en total.

Es decir, los dos espejos laterales, los cuatro vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera son los que deben llevar la matrícula inscrita.

Eso sí, se establece algunas excepciones "la obligación de grabado de la placa patente única no será exigible a aquellos vehículos señalados en el artículo 54 de la ley de tránsito (18.290) y respecto de aquellos vehículos considerados como antiguos o históricos de acuerdo a lo dispuesto en el título XIX de la misma ley".

Específicamente, el artículo 54 consigna que estos vehículos son:

  • Personas jurídicas a las que las Municipalidades otorgan permiso de circulación provisional por tener establecimientos comerciales en esas comunas.
  • Los vehículos extranjeros en tránsito temporal que tengan la placa de su país y que hayan cumplido las exigencias que requiere la patente extranjera.
  • Los vehículos nuevos con peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado a dependencias del comercializador.
  • Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial, según el caso.
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¿Cómo debe ser el grabado de patente en mi vehículo?

El artículo 2 del reglamento detalla las características que deberá tener el grabado de las letras y los dígitos correspondientes a la placa única del auto.

Estas corresponden a las siguientes:

Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, de estilo normal (no cursiva ni negrita). En los espejos laterales (retrovisores), la altura mínima deberá ser entre 5 y 10 milímetros. En todos los casos, las letras deberán ser mayúsculas.

Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal sea de izquierda a derecha para un observador externo al vehículo.