¿Quiénes votan en el Plebiscito de salida?
"Apruebo" o "Rechazo". Esas serán las únicas dos opciones que aparecerán en la papeleta del Plebiscito de Salida que se realizará el domingo 4 de septiembre y que definirá si el país tendrá una eventual Nueva Constitución.
De triunfar el "Apruebo", comenzará a regir el texto que redactó la Convención Constitucional durante un año, cuya propuesta ya está disponible para todas y todos. En cambio, si se impone el "Rechazo", Chile mantendrá la actual Carta Fundamental de 1980, aunque vale consignar que el gobierno ha adelantado que llamaría a una nueva Convención.
A raíz de la importancia del evento cívico, y a diferencia de los tradicionales procesos electorales, para esta jornada habrá voto obligatorio, por lo que se espera que cerca de 15 millones de votantes acudan a las urnas para manifestar su posición.
¿Quiénes deben votar?
Diez años después de su término, en 2012, vuelve a estar vigente para esta jornada cívica. Hasta aquel año, el sistema vigente consistía en la inscripción voluntaria y el voto obligatorio. Entonces, todos los habilitados podían inscribirse en el Servicio Electoral (Servel), pero asumían el compromiso de sufragar sí o sí en todos los procesos ciudadanos.
El sistema cambió cuando se promulgó la Ley 20.568, la que se mantiene vigente hasta hoy y que básicamente establece la inscripción automática de los ciudadanos, pero con voto voluntario. Para el Plebiscito 2022 se hará una salvedad.
El término "voto obligatorio" suena simple, pero implica una especial responsabilidad ciudadana para la gran mayoría de los habitantes del país. El sufragio en el Plebiscito de septiembre no será una opción, sino una obligación para todas las personas mayores de 18 años que tengan registrado su domicilio electoral en Chile.
A modo de ejemplo, si una persona está inscrita en una circunscripción electoral de la Región Metropolitana, pero en septiembre se encuentra fuera de Chile y no acude a ejercer su derecho a sufragio, entonces arriesga una multa de hasta 3 UTM (cerca de $174 mil), si es que no realiza la respectiva justificación.
¿Quiénes pueden excusarse por no votar?
El objetivo es que nadie quede fuera de este proceso constitucional, uno de los más importantes en la historia contemporánea de Chile. Sin embargo, igualmente habrá quienes podrán excusarse de no asistir a las urnas, siempre que sean bajo cuatro motivos.
Para no verse afectado por la multa al no haber ejercido el voto obligatorio, las y los votantes se pueden excusar por los siguientes motivos:
- Enfermedad que impida ir a votar.
- Por ausencia en el país (debidamente acreditada).
- Encontrarse a más de 200 kilómetros del domicilio electoral.
- Por otro impedimento grave.
Todas estas justificaciones deben ser presentadas y acreditadas ante el Juzgado de Policía Local, una vez que la persona sea citada por este organismo en los meses siguientes al Plebiscito.
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