Nómina especial de electores: ¿Quiénes no podrían votar en el Plebiscito de salida 2022?
- Por Matías González Olguín
Mediante voto obligatorio, la ciudadanía tendrá que elegir en las urnas si Chile tendrá o no una Nueva Constitución de la República, eligiendo entre las opciones "Apruebo" o "Rechazo" en el Plebiscito de salida 2022.
Aquella jornada cívica se realizará el domingo 4 de septiembre, instancia en la que sí o sí deben asistir los mayores de 18 años que tengan su domicilio electoral inscrito en territorio chileno.
Sin embargo, hay un grupo de ciudadanos que no podrá participar en el plebiscito, dado que no han realizado un importante trámite en el Registro Civil. Se trata de las personas que están registradas en la nómina especial de electores que publicó el Servicio Electoral (Servel).
¿Quiénes no podrían votar en el Plebiscito de salida?
Según explicó el organismo, antes de confeccionar el padrón electoral provisorio de cara al Plebiscito de salida, por ley el Servel debe diseñar una nómina especial que "singularizará a quienes no serán considerados inicialmente en el padrón".
Específicamente, esta lista tiene inscritos los nombres de "los electores mayores de 90 años que no cuenten con su documento de identidad vigente, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional de identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte en los últimos once años (...) y que además no hayan votado en las últimas dos elecciones".
La nómina tiene miles de nombres de personas que no podrían participar en el evento cívico y está disponible en este enlace (pincha aquí).
Si estoy en la nómina, ¿cómo puedo reclamar?
En caso de que un votante está en la lista, pero sí tiene su cédula de identidad vigente, tiene plazo hasta este martes 17 de mayo para efectuar el reclamo y ser retirado de la nómina especial.
El Servel explicó que los reclamos pueden realizarse presencialmente en sus respectivas Direcciones Regionales o enviando un correo electrónico a reclamos90@servel.cl.
De preferir esta segunda opción, se debe adjuntar al correo los antecedentes del reclamo y la fotografía por ambos lados de la cédula de identidad del elector mayor de 90 años, con el objetivo de reincorporarlo en el padrón electoral provisorio.
Dentro de un plazo de cinco días hábiles, contando desde la recepción del reclamo, el Servel resolverá la solicitud del elector, eliminándolo de la nómina especial para que pueda sufragar en el plebiscito.
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