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Exalcalde de Cunco es condenado por abuso sexual reiterado de funcionarias de la municipalidad

¿Qué pasó?

Antonio Alfonso Coke Candia, exalcalde de la comuna de Cunco, fue condenado este miércoles por abuso sexual reiterado, perpetrado entre los años 2013 y 2021 en contra de cuatro funcionarias de la municipalidad que dirigía.

En un procedimiento abreviado realizado en el Juzgado de Garantía de Temuco, tras un acuerdo con las víctimas y la Fiscalía regional de La Araucanía, el imputado de 69 años aceptó los delitos por los cuales se le acusaba, por lo que fue declarado culpable.

Sentencia se sabrá el próximo jueves 17 de julio

De acuerdo con los antecedentes del caso, los abusos sexuales ocurrieron de forma sistemática durante la administración de Coke, quien se aprovechaba de su cargo y de la asimetría de poder para abordar a las trabajadoras en dependencias municipales, besándolas y tocándolas sin su consentimiento. Además, les hacía comentarios de connotación sexual e insinuaciones vinculadas a beneficios laborales.

La audiencia de lectura de sentencia se llevará a cabo el jueves 17 de julio, instancia en la que se conocerá la pena que dictará el magistrado a cargo. El Ministerio Público pide tres años y un día de cárcel para el exjefe comunal. 

LO ÚLTIMO

¿Qué dijeron desde la Fiscalía por la condena del exalcalde de Cunco?

La fiscal Vania Arancibia señaló que Antonio Alfonso Coke Candia "reconoció todos los hechos que se le imputaban y los antecedentes que formaban parte de la investigación. Las víctimas fueron informadas y estuvieron de acuerdo con este procedimiento abreviado, fueron previamente consultadas y representadas por el abogado querellante".

"Lo favorable de haber arribado a este procedimiento abreviado es principalmente la protección de las víctimas. Se evita la revictimización de las personas que fueron afectadas, se evita su exposición y se garantiza en definitiva una sentencia condenatoria", agregó.

La persecutora sostuvo que "el Ministerio Público solicitó una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo más todas las accesorias legales que corresponden. El tribunal no puede exceder dicha pena y debe ponderar los argumentos vertidos en el juicio, la cantidad de víctimas y la naturaleza del ilícito".