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Caso SQM: Corte de Apelaciones revoca sobreseimiento de Fulvio Rossi

  • Por Meganoticias

La Corte de Apelaciones de Santiago, este miércoles, revocó el sobreseimiento definitivo del exsenador Fulvio Rossi, imputado por el delito de facilitación de documentos tributarios ideológicamente falsos en el marco del caso SQM y ordenó continuar con la investigación.  

La decisión del tribunal de alzada se da luego de que el 20 de abril pasado Rossi fuera sobreseído por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. 

La sala -integrada por los ministros Juan Manuel Muñoz, Jorge Zepeda y Fernando Carreño- estableció que "para que prospere la causal de sobreseimiento que le sirvió de fundamento a la resolución apelada, no debe existir el menor atisbo de duda". 

El fallo, además, agrega que "se requiere por parte del juzgador, una convicción semejante al estándar que establece el legislador en el artículo 340 del Código Procesal Penal, esto es, superar el umbral de la duda razonable. A juicio de esta Corte, en este estado de la investigación no se presenta por cuanto aquélla está en pleno desarrollo, y por ende, la actividad indagatoria del Ministerio Público está vigente para que los fiscales practiquen todas las diligencias que fueren conducentes al éxito de la misma".

En tanto, en la resolución se indica que "no existe obstáculo para que los intervinientes, el ente persecutor y la parte querellante, puedan aportar mientras esté pendiente el plazo de investigación fijado por el juez de garantía, los antecedentes destinados a acreditar en el actuar del querellado "el dolo directo de lesionar el patrimonio fiscal".

De esta forma, la Corte de Apelaciones estimó que diferencias como las expuestas deben ser dilucidadas en un juicio oral: "Ante situaciones jurídicas controvertidas por las partes, como ocurre en la especie, en que los intervinientes confrontaron en estrados sus respectivas teorías del caso respecto del tipo de dolo que se le exige al agente para la comisión del delito de facilitación de instrumentos tributarios (...) resulta necesario que tales alegaciones se sometan a un juicio oral, público y contradictorio, y que un tribunal luego de ponderar las probanzas producidas y discutidas por las partes en la audiencia respectiva, se pronuncie sobre éstas, debate que no se satisface con el verificado en la audiencia donde se dictó la resolución recurrida".

El exparlamentario es acusado de facilitar 20 boletas ideológicamente falsas por más de 80 millones de pesos.