Se comía los pasteles de su empresa sin pagar y lo despidieron: Alegó y ahora podrá recibir millonaria compensación
Una megaempresa internacional y un empleado se involucraron en un caso en el que muchas personas se sentirán identificadas, especialmente las que han trabajado en el rubro de la gastronomía, que requiere de una fuerza de voluntad para no probar las delicias destinadas a los comensales.
Después de 31 años desempeñándose como su cocinero, la compañía El Corte Inglés lo despidió en abril de 2023 porque lo captó comiéndose los pasteles elaborados para los clientes, sin pagar por ellos. También lo acusó de no usar guantes ni gorro para manipular los productos, contraviniendo las normas de sanidad alimentaria e higiene.
Tras la notificación del cese de funciones, el hombre presentó un recurso a la justicia de España para que se declarase como "improcedente" la decisión de su exempleador. El conflicto sumó varios capítulos y por estos días se zanjó a favor de una de las partes.
Ir a la siguiente notaAsí se descubrió que se comía los pasteles de la empresa
La infracción que reclamaba la española —con presencia en varios mercados, incluidos los de Chile— ocurrió en diferentes ocasiones durante marzo de 2023. Cámaras de seguridad mostraban al cocinero comiéndose gratis las preparaciones dulces que El Corte Inglés tenía a la venta, tomándolas sin cuidados higiénicos.

Por esta conducta, "inadecuada e irregular", se lee en la carta de despido, finalizó su contrato y su sueldo de 2.305 euros mensuales (más de 1,9 millones de pesos chilenos, según el cambio de ese entonces).
Como respuesta, el cocinero argumentó que comer los productos en vitrina era una práctica común entre los trabajadores, por la que nunca se les había reprochado. Además de pedir que su despido se considerase fuera de lugar, pidió una compensación por todos los meses que no iba a cobrar su salario y el pago de montos adeudados por la compañía.
Justicia de España le dio la razón a...
En primera instancia, la justicia española emitió una sentencia a favor del trabajador: el tribunal reconoció la validez de las imágenes del cocinero comiendo los pasteles sin pagarlos, pero el hecho de consumirlos en un lugar donde había cámaras demostraba que no hubo intención de perjudicarle daño a la empresa.
También admitió el argumento del demandante, en el sentido de que El Corte Inglés toleraba tácitamente el consumo de sus preparaciones por parte de los empleados. Por todo esto, le dio dos alternativas: readmitirlo en sus funciones o pagarle una indemnización de 68.876 euros (cerca de $77 millones).
Para revertir la situación, la transnacional llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de España —su símil chileno es la Corte de Apelaciones— y añadió en su acusación que su exfuncionario abusó de su confianza y desobedeció las normas.
Desafortunadamente, para ella, la sentencia fue ratificada. Se consideró que no hubo advertencia previa ni aviso del fin de la tolerancia empresarial respecto al consumo de productos, tampoco una mala intención del cocinero, quien hasta entonces llevaba una trayectoria de tres décadas intachable.
Con este resultado, la compañía deberá elegir una de las dos opciones, cubrir los gastos de la tramitación judicial y, por último, hacerse cargo de los honorarios de la abogada del trabajador, cifrados en 400 euros ($446 mil).
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