Justicia confirma condena de 17 años de cárcel para madre e hija que se hicieron pasar por cirujanas en Las Condes
¿Qué pasó?
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las condenas de 17 años de presidio efectivo para Teresa Elena Díaz Stevens y su hija, Mónica Teresa Flores Díaz, quienes se hicieron pasar por cirujanas en la comuna de Las Condes, entre 2015 y febrero de 2022.
En un fallo unánime, el tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que condenó a madre e hija a 17 años de presidio efectivo en calidad de autoras de los delitos consumados de homicidio simple, ejercicio ilegal de la profesión en concurso medial con el delito de uso malicioso de instrumentos públicos falsos, lesiones graves y ejercicio ilegal de la profesión de médico cirujano.
Paciente falleció tras acudir a la supuesta clínica
La justicia estableció que hubo participación de las acusadas en el delito de homicidio simple de la paciente Leslie Scarlete Vergara Pavez, de 32 años de edad.
El 1 de febrero de 2022, la paciente acudió hasta el recinto donde funcionaba esta clínica clandestina, en la comuna de Las Condes, para someterse a un procedimiento de aumento de glúteos, intervención tras la cual falleció.
Según pudo acreditar la justicia, cuando la paciente llegó hasta la supuesta clínica, Teresa Díaz Stevens y Mónica Flores Díaz, "actuando con dolo y ejerciendo ilegalmente la profesión de médico cirujano", la intervinieron.
Díaz y Flores, procedieron a inyectar en el glúteo derecho de la paciente "una sustancia que correspondería a polidimetilsiloxano, también llamado silicona, la que finalmente y a los pocos minutos le genera la muerte, siendo la causa del fallecimiento un infarto pulmonar, embolia pulmonar por cuerpo extraño".
La sentencia de la Corte de Apelaciones también logró acreditar que tanto Teresa como su hija Mónica participaron en el delito de homicidio simple, por lo que se rechazó el argumento de la defensa de las acusadas, en el cual se indicaba que solo la madre había efectuado el procedimiento.
Adicionalmente, en el fallo de primera instancia, se acreditó que entre 2015 y 2022 funcionó el centro médico que tenían en Las Condes, el cual no contaba con las autorizaciones correspondientes.
En el lugar realizaban "intervenciones o tratamientos para el aumento de los glúteos de las víctimas por medio de inyecciones de sustancias, que señalaban se trataba de ácido hialurónico o también colágeno".
"Estos tratamientos provocaron reacciones adversas y problemas de salud en un gran número de víctimas, quienes debieron concurrir posteriormente a distintos centros médicos para ser atendidas por facultativos médicos cirujanos de diversas especialidades, quienes encontraron en sus cuerpos infiltración de sustancias, especialmente en las zonas de los glúteos, consistentes en biopolímeros y/o silicona", acreditó el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.
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