Lo despidieron por "necesidades de la empresa" y ahora le tendrán que pagar millonaria indemnización
¿Qué pasó?
Una conocida embotelladora tendrá que pagarle una millonaria indemnización a un extrabajador que demandó a la compañía tras ser despedido por "necesidades de la empresa", lo que se concretó el 30 de septiembre de 2020.
Según el documento presentado por el abogado del trabajador al Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, ese despido fue comunicado mediante una carta, la que él consideró "vaga y ambigua, careciendo de contenido fáctico".
¿Qué decía la carta y qué alega el extrabajador?
La carta recibida por el afectado señalaba lo siguiente: "Necesidades de la empresa derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores (...) atendidos los actuales requerimientos del mercado y economía, se ha hecho necesario efectuar una reestructuración del área de ventas donde usted presta sus servicios".
Por estas razones, el exempleado reclama que la carta "no indica hechos concretos ni menos ubicación temporal y espacial de ellos. Se sostiene en la carta que la causal estaría configurada por 'los actuales requerimientos del mercado y economía'; sin embargo, ello es una expresión carente de contenido, no se explicita cuáles serían los requerimientos del mercado y economía".
Además, alega que "se hace mención a una 'reestructuración' a la que también se le da nulo desarrollo fáctico, no explica en qué consiste, si esta es a nivel nacional, regional, solo en la planta de la cual dependía".
En febrero de 2021, la demanda fue acogida por el Juzgado de Letras del Trabajo y se declaró sentencia; no obstante, la empresa demandada presentó un recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia, lo que fue desestimado por la Corte Suprema.
¿Cuál fue el fallo de la Corte Suprema?
Si bien fue un fallo dividido, la cuarta sala de la Corte Suprema ratificó la sentencia emitida por el juzgado, por lo que la empresa fue ordenada a pagar "las diferencias no pagadas por indemnización sustitutiva del aviso previo, por años de servicios, incremento del 30% por sobre la indemnización por años de servicio y la devolución del aporte del empleador al seguro de desempleo descontado", comunicó el organismo.
El monto que recibirá el otrora funcionario de la embotelladora está consignado de la siguiente manera:
- Diferencia no pagada por indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $272.465.
- Diferencia por indemnización por años de servicios por la suma de $1.907.255.
- Incremento del 30% por sobre la indemnización por años de servicio conforme lo dispuesto en el artículo 168, letra a) del Código del Trabajo por la suma de $3.701.649, calculado sobre una base de $12.338.830.
- Devolución del aporte del empleador al seguro de desempleo descontado del finiquito $1.543.798.
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