Postergación de pago del IVA: Conoce quiénes pueden optar al beneficio
- Por Meganoticias
Además de bonos y préstamos, existe un paquete de medidas tributarias que otorga el Estado a las micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes) del país para ayudarlas a paliar la crisis del coronavirus.
Entre las ayudas disponibles está la Postergación de pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los periodos tributarios de junio, julio y agosto, los cuales se pagan al mes posterior, es decir: en julio, agosto y septiembre, respectivamente
Tal beneficio se puede solicitar en 6 ó 12 cuotas mensuales, dependiendo de los requisitos que cumple la Pyme. Por ejemplo, pueden optar a 6 cuotas los contribuyentes cuyos ingresos exceden al límite para los Regímenes Propyme y Propyme Transparente y son menores a 350.000 UF.
Mientras que pueden solicitar 12 cuotas los que cumplan los requisitos para acogerse al Régimen Propyme o Propyme Transparente.
¿Quiénes pueden optar al beneficio?
Pueden solicitar la postergación del pago del IVA aquellas Pyme que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber tenido ventas menores a 350.000 UF ($10.416.175.000 aproximadamente) en 2020.
- Haber registrado una disminución de ingresos de al menos un 20% en el periodo de enero a marzo de 2021, en comparación al mismo periodo de 2019.
Además, también puede optar a la postergación si:
- La Pyme se acogió al beneficio de postergación de IVA en 2020 y una o más cuotas vencen en julio, agosto y septiembre.
- La Pyme tiene giros emitidos producto del beneficio establecido de postergación del IVA en 3 meses y su vencimiento es en los meses de julio, agosto y septiembre.
Con respecto al pago del IVA postergado, es preciso recordar que comienza a saldarse en cuotas iguales y reajustadas a partir del periodo tributario de septiembre —que se declara en octubre— en el Formulario 29, según señala el Servicio de Impuestos Internos.
¿Cómo solicitar la postergación del pago del IVA?
El beneficio estará disponible durante los meses de julio, agosto y septiembre. Para solicitar la postergación, el Servicio de Impuestos Internos recomienda seguir el siguiente paso a paso:
- Ingresa a la plataforma web "Mi SII" con tu RUT y Clave Tributaria. Luego, haz clic en "Servicios online".
- Selecciona la opción "Impuestos Mensuales" y después en "Declarar IVA (F29)".
- En caso de cumplir con los requisitos, aparecerá un mensaje que te indica cuántas cuotas quieres postergar el pago del IVA.
- Si declaras por Formulario completo y deseas postergar el pago de IVA, también podrás seleccionar el código 4 [778], y se traspasará automáticamente el monto al código [779], el que indica "Monto de IVA postergado en 6 o 12 cuotas".
Para más información, puedes hacer clic en este enlace para conocer más detalles sobre el beneficio.
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