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Obtuvo rebaja en la pena: 7 años de cárcel para hombre que mató a joven delivery tras retraso en la entrega de su pedido

¿Qué pasó?

El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó este viernes a Tomás Alejandro Aguirre Martínez a siete años de presidio efectivo por el homicidio simple de Heberth Jesús Sánchez Cuba, repartidor de 19 años que murió el 28 de diciembre de 2022 tras una discusión por la demora de un pedido de delivery en Ñuñoa, Región Metropolitana.

El crimen del joven repartidor

De acuerdo al fallo, cerca de las 18:45 horas, Sánchez llegó hasta un edificio de avenida José Pedro Alessandri para entregar el pedido solicitado por Aguirre.

En ese momento, el cliente lo recibió en el hall del inmueble y volvió a reprocharle la demora. La discusión continuó y, según estableció el tribunal, Aguirre empujó al repartidor, momento en que un arma cortopunzante cayó al suelo. El acusado la tomó “raudanamente” y se abalanzó sobre la víctima, provocándole una herida penetrante en el tórax que resultó fatal.

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El tribunal describió que la lesión atravesó estructuras internas vitales y generó una anemia aguda que causó la muerte del joven en el lugar.

Rebaja de la pena

Para determinar la pena, las magistradas consideraron que Aguirre actuó como autor del delito de homicidio simple. Si bien la figura está sancionada con presidio mayor en su grado medio, el tribunal reconoció la concurrencia de atenuantes que rebajaron el marco punitivo.

Entre ellas, se tuvo en cuenta una disminución de imputabilidad, producto de un trastorno por consumo de sustancias psicoactivas y un trastorno de personalidad limítrofe, condiciones que —según se señaló en la resolución— afectaron significativamente su capacidad volitiva. Por ese motivo, la pena se redujo en un grado.

Asimismo, se reconoció la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal, y no se consideraron agravantes. La jueza Doris Ocampo Méndez, en una prevención, estuvo además por aplicar la atenuante de colaboración sustancial, señalando que “(...) el enjuiciado renunciando a su derecho a guardar silencio prestó declaración en el juicio”, aportando antecedentes sobre su historial personal y sobre lo ocurrido el día de los hechos.

Dado el rango de la pena, el tribunal determinó que el castigo deberá cumplirse de manera efectiva.

Penas accesorias

En la determinación final del castigo, el tribunal valoró especialmente el testimonio de Hilda Margarita Cuba Moreno, madre de Heberth, quien relató el profundo impacto que la muerte de su hijo generó en su vida y en la de su familia. Sus palabras fueron consideradas como un reflejo de la magnitud del daño provocado.

Además de la condena principal, Aguirre quedó sujeto a penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se ordenó tomar muestras biológicas del condenado para su incorporación al Registro Nacional de ADN. También se dispuso el comiso del arma blanca incautada.