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Empresa deberá pagar más de $285 millones a familia de ciclista que murió atropellado por camión

¿Qué pasó?

La empresa Comercial Maipo y Compañía S.A. fue condenada a pagar más de 285 millones de pesos como indemnización, por concepto de daño moral y lucro cesante, a la familia de un ciclista que fue atropellado por un camión con semirremolque que pertenecía a la compañía 

El fatal hecho ocurrió el 11 de septiembre de 2019, cuando el conductor del vehículo en cuestión arrolló al ciclista cuando intentaba incorporarse al flujo de una avenida en la comuna de Quilicura, en la Región Metropolitana.

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Conductor se habría dado a la fuga

De acuerdo a lo que se precisa en la demanda, el conductor del vehículo que impactó al ciclista conducía "sin estar atento a las circunstancias del tránsito y sin respetar el derecho preferente de paso de la víctima, impactándolo en su costado izquierdo, haciéndolo perder el equilibrio y caer a la calzada, para luego ser arrollado y arrastrado con la gran estructura del camión y del semirremolque".

A su vez, se sindica al mismo conductor, acusándolo de darse a la fuga "pese a los gritos y silbidos de personas existentes en el lugar y de los bocinazos insistentes de vehículos que incluso le persiguieron por varios minutos en su huida".

 

Imagen referencial / Créditos: ATON

 

De todas maneras, durante esa misma jornada el propio conductor se acercó a una unidad policial, a eso de las 22:00 horas, asegurando "ser el chofer del camión involucrado en el accidente, haber transitado a la hora señalada por el lugar de los hechos, pero asegurando que no se percató de ningún accidente".

En lo que respecta al fallo, en este se señala que se dan por acreditados los hechos relatados.

En la misma línea y, de acuerdo a lo que indica uno de los artículos de la Ley del Tránsito, "el conductor, el propietario del vehículo y el tenedor del mismo a cualquier título, a menos que estos últimos acrediten que el vehículo fue usado contra su voluntad, son solidariamente responsables de los daños o perjuicios que se ocasionen con su uso, sin perjuicio de la responsabilidad de terceros de conformidad a la legislación vigente", lo que no habría ocurrido y que tampoco fue alegado por la defensa.

Así es como la empresa demandada debió desembolsar la suma consignada como indemnización, de manera parcelada, a distintos miembros de la familia de la víctima.