Corte rechaza demanda contra el Fisco por Transantiago

  • Por Ahoranoticias.cl

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el rechazó de una demanda colectiva de indemnización de perjuicios presentada por un grupo de consumidores, en contra del Estado por la fallida implementación del sistema de transporte público Transantiago a partir de febrero de 2007 en la Región Metropolitana.

En fallo unánime, los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada capitalino, Javier Moya, Pilar Aguayo y la abogada integrante Paola Herrera, ratificaron el fallo del 11º Juzgado Civil de Santiago que en mayo de 2012 había rechazado la acción presentadas por los abogados Felipe Betancourt, Marco Antonio Sepúlveda y Cristián Riveros Silva, por la supuesta responsabilidad del Estado en la implementación de la política de transporte.

En su momento, el juez titular del tribunal civil, Justo Pastor Villacura rechazó la acción legal al considerar que son las empresas concesionarias las responsables del correcto funcionamiento del servicio en toda la capital.

La Corte en su fallo apunta que "en cuanto a las alegaciones de fondo relativas al diseño, implementación, puesta en marcha y fiscalización del sistema de transporte público cuya falta de decisión se cuestiona, cualquier pronunciamiento al respecto resultaba innecesario, como expresamente se dijo en lo resolutivo; en efecto, tal pronunciamiento resultaba incompatible con la decisión de acoger la excepción de falta de legitimación pasiva del Fisco demandado", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "no se permite dar por establecido si el daño cuya indemnización solicitan los demandantes es consecuencia del error en el diseño, falta de implementación y oportunidad de la puesta en marcha del sistema de transporte denominado Transantiago, según se alega, o si lo es de la deficiencia del servicio prestado por las operadoras o empresas concesionarias de dicho servicio al incumplir las bases de la licitación o las obligaciones impuestas en los respectivos contratos. No existiendo convicción en tal sentido, por cuanto la prueba rendida no aporta antecedentes inequívocos al respecto, no es posible concluir que ha sido el Estado de Chile, al elaborar el diseño, implementarlo y poner en marcha el nuevo sistema de transporte público, quien causó los perjuicios reclamados por los usuarios por concepto de daño moral, sin perjuicio de las opiniones personales de autoridades administrativas y miembros del Poder Legislativo sobre la materia. La conclusión anterior permite omitir el análisis de la prueba rendida y de las demás alegaciones que se formulan en relación a la existencia y relevancia del daño moral que se solicita indemnizar", concluye la sentencia.

Fuente/Foto: UPI