Aprobó el examen de grado, pero la universidad le negó el título por una deuda: Corte Suprema falló a su favor
¿Qué pasó?
La Corte Suprema confirmó un fallo emitido por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el cual se acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad de Valparaíso, por negarse a tramitar el expediente de grado de un estudiante que mantenía una deuda arancelaria.
El afectado expuso que rindió el examen de grado de la carrera de Derecho de la Universidad de Valparaíso el 23 de mayo de 2024 y el 2 de octubre del mismo año, fue informado de que lo aprobó.
Sin embargo, cuando realizó los trámites necesarios para obtener el grado académico de Licenciado en Ciencias Jurídicas, la Secretaría de Estudios de la facultad le envió un correo electrónico en el que decían que pese a haber cumplido con todos los requisitos académicos, presentaba deudas arancelarias, por lo que no podría efectuar el trámite.
El egresado acusó que la decisión de la casa de estudios infringía el artículo 5 de la Ley 21.091 de Educación Superior, el cual dispone como infracción grave condicionar el otorgamiento de títulos, diplomas y certificaciones a exigencias por deudas de arancel.
Luego de que el estudiante interpusiera el recurso, la casa de estudios se ofreció a entregarle el grado académico solicitado, siempre y cuando desistiera del recurso, lo que a su juicio fue "agresivo", por lo que "solicita decretar alguna medida disciplinaria" en contra de la institución.
Corte suprema falló a su favor
La Universidad de Valparaíso, catálogo como improcedente la acción interpuesta por el estudiante en su contra y explicaron que al afectado se le negó tramitar su expediente de grado por mantener una deuda de $1.300.000 del programa Mayores Exigencias Curriculares (MEC), lo que se le comunicó oportunamente, informó Diario Constitucional.
Asimismo, aludieron a la Ley 21.70, la cual en su artículo 55 letra e (vigente al momento de los hechos), autorizaba que las universidades retuvieran títulos por deudas arancelarias.
El 18 de diciembre de 2024, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado por el egresado de Derecho en contra de la Universidad de Valparaíso, indicando que la casa de estudios debía entregar, dentro de tres días, los certificados y documentos que necesitaba el alumno para concluir su trámite de titulación, indica el fallo.
La justicia argumentó que el recinto educacional vulneró la garantía de igualdad ante la ley y que su actuar resultó ilegítimo y discriminatorio.
Dicho fallo fue apelado por la casa de estudios, sin embargo, la Corte Suprema confirmó la sentencia que ordena a la Universidad de Valparaíso a entregar los documentos necesarios para que el estudiante pueda concluir el trámite de titulación.
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