Le pagaron asignaciones por error durante 20 años: Debió dejar de recibirlas pero no tendrá que devolver el dinero
- Por Lucas Figueroa
¿Qué pasó?
Un fallo favorable fue el que recibió un funcionario público, luego de que la Contraloría dictara que el trabajador debía devolver el dinero que se le había asignado por error desde el año 2020 por parte de una universidad del norte del país.
Todo partió cuando el trabajador en cuestión denunció la eliminación de dos asignaciones, lo que redujo su remuneración en $284.155 mensuales, argumentando que estos pagos constituyen derechos adquiridos y el dejar de recibirlos carece de justificación legal.
Tras hacer las consultas pertinentes sin tener éxito en recursos humanos, fue él mismo quien solicitó un procedimiento en Contraloría.
Esta entidad concluyó que el trabajador no sufrió una disminución salarial, destacando además que la recepción de dichas asignaciones fue un error administrativo que generó un enriquecimiento sin causa, y ordenó el reintegro de los montos indebidamente pagados por parte del trabajador.
Caso llegó a la Justicia
El trabajador interpuso un recurso de protección en la Corte de Copiapó, la cual fue acogida por la instancia al considerar que las asignaciones fueron percibidas de buena fe por un periodo de 20 años, pasando a formar parte de propiedad.
Aunque la Universidad suspendió su pago en 2022 debido a un pronunciamiento de su contraloría interna, la solicitud de reintegro de los montos mal percibidos desde 2002 hasta 2022 constituye un acto ilegal y arbitrario, indica el Diario Constitucional.
"El actor no concurrió con su voluntad al eventual error en el pago de las asignaciones en los veinte años que se le pagaron, por lo que puede afirmarse que pasaron a formar parte de sus remuneraciones percibidas de buena fe y son parte integrante de su propiedad", se añade.
"Aunque pudiera determinarse que fueron erróneamente pagadas desde un punto de vista administrativo, al ser percibidas de buena fe por el funcionario, la causa jurídica de su pago es su trabajo y no carecen de causa en lo que al recurrente concierne, por lo que el acto que intenta el cobro de esas sumas puede considerarse ilegal y arbitrario", se añade.
La Corte Suprema confirmó la decisión del tribunal de alzada, haciendo irreversible el fallo.
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