Corte de Apelaciones impide visita de migrantes indocumentados a la cárcel de Alta Seguridad
- Por Ariel Araya
¿Qué pasó?
La Corte de Apelaciones de Santiago concedió las órdenes de no innovar solicitadas por Gendarmería, para impedir las visitas de migrantes indocumentados a la Unidad Especial de Alta Seguridad en donde se encuentran los imputados por el crimen del suboficial mayor Daniel Palma.
Lo anterior, luego que el magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Patricio Álvarez Maldini, autorizara el ingreso de los extranjeros a ver a sus familiares con cédula de identidad "sin validar".
Entre los detenidos se encuentran Ovicmarlixon Garcés Briceño, Davis Fuentes Escalona, Lermi Albarrán Angulo y Luis Lugo Machado, imputados por el homicidio del uniformado en abril pasado en la comuna de Santiago.
Gendarmería recurrió a la Corte de Apelaciones
Gendarmería recurrió a la Corte de Apelaciones argumentando que, el pasado 12 de octubre, el juez Álvarez permitió el ingreso de ciudadanas venezolanas a visitar a los imputados "solo exhibiendo su cédula de identidad extranjera sin validar, no teniendo en consideración el procedimiento de enrolamiento de visitas".
Dicho procedimiento "está reglamentado por normativa interna y se relaciona con normativa legal de carácter general (Ley de Migraciones)", lo que permite explicar "el porqué de la imposibilidad de acceder a la petición de modificación de protocolos o procedimientos internos", señaló la institución.
Y agregó que las políticas penitenciarias en esta materia "no vulneran bajo ninguna circunstancia garantía alguna de los internos, pues no perturban, privan o amenazan el ejercicio de derecho constitucional, y solo buscan pormenorizar y sistematizar el ingreso de visitas a establecimientos penitenciarios con estricto apego a la norma general pertinente al caso".
Gendarmería aseguró que no se ha "conculcado, privado o impedido" ejercer el derecho a recibir visitas, sino que solo se ha aplicado la normativa interna, "apegada estrictamente a las normas legales que regulan la situación de la especie, y respecto de las cuales Gendarmería de Chile se encuentra obligado a cumplir".
¿Qué dice la ley sobre las cédulas de identidad de personas extranjeras?
Ante esto, sostiene que en el artículo 43 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería queda expreso que "toda cédula de identidad de persona extranjera mantiene vigencia, siempre y cuando acredite que cuenta con una solicitud de visa o residencia en trámite o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud".
"Dicha disposición legal chilena es de derecho público, y por ende, irrenunciable para un servicio público como Gendarmería de Chile", agrega la norma.
Ahora, con las órdenes de no innovar concedidas por la Corte de Apelaciones, quedan suspendidas las visitas hasta que se resuelva el fondo de ambos recursos.
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