Resbaló por una mancha de aceite en supermercado y se fracturó la pelvis: Ahora recibirá más de $5 millones
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a un consorcio empresarial chileno —que posee una cadena de supermercados en nuestro país— a pagarle una indemnización a una clienta que sufrió una caída en el estacionamiento de uno de sus recintos ubicados en la ciudad de Concepción.
Las consecuencias del accidente, ocurrida en junio de 2017, consistieron en diferentes fracturas en su pelvis y otras lesiones de distinta gravedad en su cuerpo. La mujer permaneció internada durante diez días, totalmente inmovilizada, en una clínica cercana a su domicilio.
Si bien este fallo se conoce más de seis años después de los hechos, en mayo de 2020 se entregó un veredicto de primera instancia. En ese entonces, el 6° Juzgado Civil de Santiago desestimó la demanda de la afectada.
Por lo tanto, lo que ahora hizo la Corte de Apelaciones fue revocar esa sentencia, fallando a favor de la víctima. Y no solo eso, porque además condenó con costas al consorcio, lo que significa que la entidad asumirá los gastos de los trámites imprescindibles que se efectuaron durante el proceso judicial.
La caída que motivó la demanda
Lo sucedido se remonta al mediodía del 3 de junio de 2017, cuando ingresaron al estacionamiento del supermercado en Concepción. Tras realizar las compras y dirigirse hacia su vehículo, la mujer pisó una mancha de aceite y resbaló, impactándose contra el pavimento.
La demanda —a la que tuvo acceso Meganoticias.cl— señala que la clienta no pudo ponerse de pie por sus propios medios, ya que sentía "un intenso dolor en sus piernas, brazos y cuerpo completo". Funcionarios del recinto y personal de seguridad la ayudaron después de intensos gritos de auxilio.
Después de los diez días inmóvil en la clínica, recién el 17 de junio fue dada de alta. Sin embargo, "por un periodo superior a los 30 días, estuvo inmovilizada en cama, con fuertes dolores y mucha baja de peso; su salud física y anímica ha sido vulnerada por este accidente", expresó su abogado en el recurso.
Junto con mencionar otros argumentos, la demanda contra el consorcio exigía una indemnización por daño emergente igual a $5.000.000; y una segunda compensación por daño moral, equivalente $120.000.000.
Pese a que el fallo fue a su favor de manera unánime, la Corte rebajó considerablemente el monto que recibirá la mujer accidentada.
Los detalles de la sentencia
En primer lugar, los jueces de segunda instancia establecieron la responsabilidad de la empresa "por la falta de seguridad para el tránsito o desplazamiento seguro de la clientela por las dependencias" del supermercado donde ocurrieron los hechos.
"Los estacionamientos forman parte de la oferta que disponen los establecimientos comerciales en general y los supermercados en particular, con el fin de atraer a su clientela (...) estos lugares se ofrecen como un servicio complementario para los clientes que concurren a dichos centros de abastecimiento (...) Se trata de un servicio funcional a la venta de los productos que se ofrecen", afirmaron los jueces en el fallo.
Para la Corte, como el consorcio "no rindió prueba para acreditar que hubiera adoptado las medidas de limpieza, aseo o señalizaciones de rigor, solo puede concluirse que la caída sufrida por la demandante obedeció a la falta de diligencia en el cumplimiento de tal obligación" por parte de la compañía.
Finalmente, si es que el consorcio no presenta un recurso en la Corte Suprema para apelar a la condena, deberá pagarle a la víctima $711.044 por daño emergente y $5.000.000 por daño moral.
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