Padre murió tras caída del alumbrado público en Coquimbo: Municipio deberá pagar millonaria indemnización a su hijo
¿Qué pasó?
La municipalidad de Coquimbo fue condenada a pagar una millonaria indemnización a una familia que sufrió la muerte de uno de sus miembros tras la caída de un poste del alumbrado público, cuya mantención estaba a cargo del órgano comunal.
El fatal accidente ocurrió en enero de 2021, mientras la víctima transitaba con su pareja e hijo, de entonces diez años de edad, por una concurrida calle de la ciudad ubicada en la región de Coquimbo.
Pese a que el tribunal falló a favor de los familiares afectados, disminuyó en casi un 75% el monto de indemnización que se exigía en un principio, atendiendo diversas razones.
Extensa agonía terminó con la muerte del padre
Cerca de las 16:00 horas de ese jueves 7 de enero, la familia estaba en calle Melgarejo con esquina Bilbao, cerca del mercado municipal de Coquimbo, cuando el poste del alumbrado público cedió de forma repentina, cayendo sobre el cuerpo del esposo y padre.
Son varias las lesiones que sufrió, entre ellas fracturas en sus costillas, columna vertebral y pierna derecha; además de severos traumatismos en la zona de su pecho, por mencionar solo algunos.
El hombre inició un extenso tratamiento de recuperación que no superó y falleció por un tromboembolismo pulmonar, que básicamente consiste en una "obstrucción en los vasos sanguíneos que llevan sangre pobre en oxígeno desde el corazón hasta los pulmones para oxigenarla", explica la Fundación Española del Corazón.
La demanda contra la entidad comunal consigna que en el lugar del accidente "no había un cordón de seguridad en el contorno del alumbrado público que cae (...), simplemente estaba carcomido y en condiciones deficientes, esto por la sola negligencia y falta de servicio del municipio de Coquimbo".
La sentencia del tribunal
Si bien se señala que el "daño moral sufrido" por la familia es "incalculable", en la demanda se exigió una indemnización de $100 millones, los que se dividirían entre la madre y el hijo menor de edad.
No obstante, el Primer Juzgado de Letras de Coquimbo consideró solamente el daño moral sufrido por el niño, rebajando la compensación a $28.512.000.
"Es evidente que un evento como el sufrido por la víctima genera un fuerte impacto o golpe emocional, sobre todo si el niño se encuentra en pleno desarrollo y deberá convivir con la carencia de una figura paterna en su formación y educación, con las implicancias afectivas y materiales que ello conlleva", declaró el juez Jorge Vera.
El monto que definió el tribunal está calculado de acuerdo a una pensión de alimentos que tiene derecho a recibir una persona hasta sus 28 años de edad, siempre que esté cursando estudios superiores o técnicos.
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