"Se había expuesto": La polémica defensa de condenado por violación que culpaba a menor por su forma de vestir y bailar

¿Qué pasó?

El Tribunal Oral en lo Penal de Concepción condenó a un total de nueve años de cárcel a un hombre que violó y abusó sexualmente de su sobrina nieta, quien al momento de los hechos era menor de edad.

La sentencia se logró pese a los intentos de la defensa del hombre de otorgar responsabilidad a la joven, basándose en su forma de vestir, las fotografías que se tomaba e incluso la música que escuchaba.

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El caso

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que un día no determinado entre junio y julio de 2021, en una vivienda de la comuna de Concepción, la joven de 17 años en ese momento fue atacada sexualmente por su tío abuelo, quien la amenazó con dañar a su abuela si contaba lo sucedido.

Anteriormente, en días no precisados entre el 5 de mayo de 2015 y el 4 de mayo de 2018, el hombre ya le había realizado actos sexuales a la menor en el patio del inmueble.

Los argumentos de la defensa

En la resolución se cuestionó los argumentos presentados por la defensa del hombre, los que apuntaban a las conductas de la menor.

El juez del tribunal, Giono Viale, detalló que se desestimaron "los argumentos de la defensa, del acusado y sus testigos, quienes reprochaban a la víctima por su forma de vestir, de bailar, y por las imágenes que ella subía en redes sociales, sugiriendo que ella se había expuesto a que le pasara lo que le pasó"

Al respecto, sostuvo que estas afirmaciones "constituyen estereotipos de género, que pretenden trasladarle a ella la responsabilidad de los ilícitos y que el Estado no puede avalar por ser argumentos discriminatorios y porque contravienen las convenciones internacionales".

"La adolescente no es responsable de lo que le sucedió y toda la responsabilidad es única y exclusivamente de su agresor", sentenció.

"Nada que pueda eximir de responsabilidad al acusado"

Asimismo, en la sentencia se indica que "los citados testimonios están cargados de estereotipos de género que suponen que los hombres no pueden controlar sus impulsos sexuales, por lo que es responsabilidad de las mujeres mantenerse recatadas para que no sean abusadas, trasladando así la responsabilidad que le cabe al agresor hacia la víctima por no haber observado el comportamiento debido".

"Por otro lado, del actuar que las testigos le reprochan a la víctima no se observa nada que pueda eximir de responsabilidad al acusado o algún indicio siquiera de consentimiento por parte de la agraviada, por lo que a todas luces se trató de situaciones de abuso en que el agresor aprovechó el rol que tenía dentro de un grupo familiar fuertemente estereotipado y la situación de indefensión en que se encontraba la víctima", asevera.

"Por lo tanto, solo cabe a estos jueces señalar que no tienen nada que reprochar al modo de vestir, bailar o a la música que escuchaba la víctima y que (...) no es responsable de lo que le sucedió, sino que toda la responsabilidad recae única y exclusivamente en la persona de su agresor", concluye el fallo.

La sentencia

El Tribunal condenó al tío abuelo a seis años de prisión por el delito consumado de violación a mayor de 14 años, y a otros tres años y un día por abuso sexual a menor de 14 años.

Además, se le impuso las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las respectivas condenas.

También se estableció la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad y la privación de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla.

Denuncia

Si eres víctima o testigo de violencia hacia la mujer el fono de orientación dispuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) es el 1455.

El número se puede marcar tanto en teléfono fijo como en el celular y desde ahí brindan orientación para ayudar a víctimas de maltrato o te guían con los mecanismos para realizar una denuncia.