Gendarmería lanza campaña para promover eliminación de antecedentes penales a ciertos reos que cumplan su condena

¿Qué pasó? 

Este jueves, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino de Santiago, y con la asistencia de mujeres privadas de libertad que están próximas a cumplir su condena, se realizó el lanzamiento de la campaña de difusión "No seas de cartón, cree en la reinserción". 

La actividad tuvo por objetivo promover información sobre la eliminación de antecedentes penales a través del Decreto Ley N° 409, y de este modo dar oportunidades reales de reinserción social a quienes pretendan alejarse del camino delictual. 

¿Qué dijeron las autoridades?

Con esta campaña "se busca que las personas puedan tomar conciencia y vean la posibilidad de decidir por ellos, estando seguros de que lo que están realizando les va a servir para marcar un futuro diferente", señaló el director nacional de Gendarmería, Sebastián Urra. 

En tanto, el subdirector (s) de Reinserción Social, Ricardo Hidalgo, indicó que, además de un beneficio, esta medida es una invitación a "recuperar el derecho de poder sentirse como una persona plenamente integrada".

"La invitación es que podamos entender que, cuando uno cumple una condena, no significa que la deba llevar por el resto de la vida", añadió.

Por su parte, el Seremi de Justicia, Jaime Fuentes Purrán, comentó que "mientras más difusión le demos, mientras más conversemos sobre la reinserción, más vamos a estar fomentando la seguridad pública que hoy en día es tan necesitada por los chilenos y chilenas, y, en ese sentido, cualquier campaña de difusión la vamos a apoyar desde el Ministerio". 

¿Qué dice el decreto de Ley N° 409?

El Decreto de Ley N° 409, publicado el 18 de agosto de 1932, señala que el régimen establecido en las cárceles, pese a buscar "la regeneración del delincuente", pierde gran parte de su eficacia por el hecho de que la persona privada de libertad "después de cumplir su condena, queda marcado para toda su vida con el estigma de haber sido presidiario". 

Por ello, plantea que es "innecesario mantener esta anotación en el prontuario de aquellos ex-penados que han demostrado fehacientemente estar regenerados y readaptados a la vida colectiva". 

Bajo esta premisa, establece en su artículo uno que toda persona que haya sido condenada "tendrá derecho después de dos años de haber cumplido su pena, si es primera condena, y de cinco años, si ha sido condenado dos o más veces, a que se le considere como si nunca hubiere delinquido para todos los efectos legales y administrativos y se le indulten todas las penas accesorias a que estuviere condenado".

En el artículo 2, en tanto, se aclara que para obtener el beneficio, debe reunir algunas condiciones como haber tenido buena conducta en la prisión, conocer bien un oficio o una profesión, poseer conocimientos mínimos de cuarto año de escuela primaria y haber estado en contacto con el Patronato de Reos durante dos años.