Así fue la votación en el Tribunal Constitucional del proyecto de segundo retiro del 10%
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
El Gobierno de Sebastián Piñera confirmó la tarde de este martes que recurrió al Tribunal Constitucional para bloquear el proyecto del tercer retiro del 10% de las AFP, el cual se discute actualmente en el Congreso.
En ese contexto, vale recordar que el pasado 21 de diciembre, el pleno del TC ya declaró incostitucional la iniciativa que buscaba un segundo retiro desde los ahorros previsionales, luego de un requerimiento del Ejecutivo para frenar el proyecto elaborado por la oposición.
¿Cómo fue la votación?
Tras un empate en cinco votos, la presidenta de la instancia, María Luisa Brahm, fue quien zanjó con su sufragio el acoger el requerimiento del Gobierno. De esta manera, el TC declaró inconstitucional que parlamentarios propongan un retiro de fondos de pensiones.
Cabe recordar que el TC había acogido a trámite el recurso del Mandatario el pasado 9 de diciembre, también gracias al voto dirimente de Brahm.
¿Qué dijo el TC en aquella ocasión?
El tribunal detalló que: "Los Ministros señores Gonzalo García Pino, Nelson Pozo Silva, señora María Pía Silva Gallinato y el señor Ministro señor Rodrigo Pica Flores estuvieron por rechazar el requerimiento conforme lo argumentarán en la sentencia de fondo en las cuáles explicitarán que el proyecto de ley de reforma constitucional al día de hoy carece de objeto; que no se afecta el artículo 127 de la Constitución puesto que se ha ceñido a sus formas; que no existe iniciativa exclusiva del Presidente de la República en materia de ley de reforma constitucional, y que la seguridad social de los retiros de fondos se encuentra en la misma circunstancia que la recién aprobada Ley N° 21.295 que autorizó un segundo retiro".
"El Ministro señor Romero rechaza el requerimiento, mas no descarta que eventuales futuros proyectos de reforma constitucional puedan infringir la Carta Fundamental. Así, elaborará un voto particular en virtud del cual desarrollará una línea argumentativa autónoma que no adhiere a varios argumentos esgrimidos tanto por el Presidente de la República como por ambas cámaras del Congreso", agregó.
Finalmente, precisó que: "La sentencia y el voto disidente, con sus fundamentos, así como los votos particulares, serán expedidos dentro del plazo legal, que vence el día 30 de diciembre de 2020".
¿Qué solicitaba el Ejecutivo?
Fue el pasado 22 de noviembre cuando Piñera presentó el requerimiento de inconstitucionalidad ante el organismo, apuntando en un comunicado las razones de la medida.
En uno de los párrafos del documento se indicó que "algunos parlamentarios están intentando escribir una Constitución paralela, a través de proyectos de reforma constitucional que introducen artículos transitorios, sin modificar la actual Constitución".
"Esta práctica es inconstitucional, atenta contra nuestro ordenamiento jurídico y Estado de Derecho, y no respeta instituciones fundamentales de nuestro orden constitucional, como la iniciativa exclusiva del Presidente en materia de gasto público, seguridad social e impuestos", se enfatizó.
Además, se argumentó que "el proyecto también genera un grave daño a las pensiones presentes y futuras de todos los chilenos y beneficia con injustificadas exenciones tributarias a las personas de más altos ingresos".
"Las autoridades de nuestro país, al asumir sus cargos, juraron o prometieron respetar nuestra Constitución y nuestras leyes. El Gobierno cumple con este compromiso y busca proteger nuestro orden constitucional y Estado de Derecho", consignó también.
Proyecto del Gobierno
Vale recordar que el Gobierno patrocinó un proyecto de segundo retiro de fondos de AFP, el cual fue aprobado con el Congreso.
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