En libertad queda adulto mayor de 80 años que baleó y mató a asaltante en Macul
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
En libertad quedó el adulto mayor de 80 años que disparó y mató a un delincuente que ingresó a robar a su vivienda, ubicada en la comuna de Macul.
Esto debido a que el Ministerio Público acreditó que el hombre actuó en legítima defensa.
El hecho
El adulto mayor disparó contra el asaltante que ingresó a su casa la noche del lunes con la intención de robar junto a otros individuos.
"Uno de los sujetos se encuentra con el dueño de casa, quien, ante la presencia de este sujeto y tras recibir una amenaza, efectúa un disparo el cual le provoca automáticamente la muerte", indicó el inspector de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones (PDI) Metropolitana, Mario Jara.
Quienes acompañaban al difunto huyeron en el vehículo en el que se movilizaban. El individuo fallecido fue identificado como Felipe Peralta Carrasco, de 20 años, quien tenía detenciones por los delitos de receptación, ley de drogas y robo con intimidación, entre otros.
Legítima defensa
El dueño de casa no contaba con antecedentes y ya había sufrido un robo en su propia morada, mientras que el arma que utilizó se encuentra debidamente inscrita.
El fiscal Anatole Larrabei, de la Fiscalía Oriente, afirmó que "se le tomó declaración en calidad de imputado. Sin embargo, hay elementos en esta parte de la investigación que pudiesen dar cuenta en el desarrollo de la investigación de una legítima defensa privilegiada al interior de un domicilio".
¿Cuándo se considera que es legítima defensa?
El Código Procesal Penal establece tres requisitos básicos para que una persona quede exenta de responsabilidad criminal:
"Que una persona de manera, como dice el nombre, ilegítima intente agredirme de alguna manera. En segundo lugar, es que el medio empleado por el señor sea proporcional a esta amenaza ilegítima y, por último, que esa agresión ilegítima no haya sido provocada por la misma persona que se está defendiendo", explicó la abogada penalista, Francisca Castro.
En cuanto a repeler un asalto al interior de un hogar la ley establece que se presumirá legítima defensa cuando una persona entre ilegalmente vía "escalamiento". Cuando se entra por una vía no destinada al efecto, por forado o con rompimiento de pared o techos o se fractura puertas o ventanas.
"La legítima defensa incluso se puede presumir, que se denomina la legítima defensa privilegiada. Por ejemplo, justamente los casos que estamos conociendo ahora y que una persona impide o trata de impedir la consumación de un robo con violencia en su domicilio; o bien aquella persona que estando en su casa rechaza el escalamiento de una persona que intenta entrar a robar", detalló el abogado penalista, Pedro Orthusteguy.
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