Retiro de fondos AFP: Comisión de Constitución despacha proyecto a Sala de la Cámara

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Durante la tarde de este jueves el proyecto para retirar el 10% de los fondos previsionales se revisó en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, y fue despachado nuevamente a Sala.

Cabe señalar que ya fue aprobada la idea de legislar esta reforma constitucional que permite obtener recursos anticipadamente de los ahorros previsionales, para enfrentar la crisis económica provocada por el coronavirus. Sin embargo, aún quedan trámites legislativos para que sea ley.

La jornada comenzó pasadas las 17:30 horas y se extendió hasta las 20:00 horas. Los parlamentarios analizaron algunas indicaciones que se le hicieron al proyecto, para así redactar un segundo informe que será dado a conocer a la Sala por el diputado Marcos Ilabaca (PS).

Posterior a esto, el proyecto deberá ser votado en particular en la Sala de la Cámara en segundo trámite reglamentario, para luego ser despachado al Senado, lo que se estima ocurra la próxima semana.

¿Qué indicaciones se votaron?

El diputado de RN Eduardo Durán presentó una indicación que establece que quienes accedan al retiro de fondos de pensión no podrán optar al préstamo blando que ofrece el Gobierno en su plan de ayuda a la clase media.

"El afiliado deberá ponderar y decidir cuál de ambos mecanismos ejercerá, para lo cual se entenderá que la simple postulación al crédito obsta al ejercicio de la facultad de retiro de fondos previsionales. Con todo, de haber sido rechazada dicha postulación, se entenderá que el afiliado puede ejercer la facultad de retiro", señala el escrito.

En la instancia, la propuesta fue rechazada con un voto a favor, 10 en contra y una abstención.

Sin comisiones o descuentos

En la comisión se funcionaron las indicaciones presentadas por los parlamentario Félix González, del Partido Ecologista Verde, y Karim Bianchi:

"Los fondos retirados a los cuales hace referencia la presente disposición transitoria, no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y en consecuencia serán pagado de forma íntegra", dice la indicación, precisando que: "no podrán ser objeto de comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones".

Finalmente, esta iniciativa fue aprobada con 7 votos a favor, cuatro en contra y una abstención.

Sin mínimo de 35 UF

En paralelo, los diputados UDI Joaquín Lavín, Sergio Gahona y Celso Morales plantearon la eliminación del monto mínimo de retiro, correspondiente a 35 UF ($1 millón).

"En este caso, esta indicación busca que el afiliado pueda retirar montos menores a 35 UF, como sería el caso de un afiliado que piensa en pagar una deuda puntual, o bien, complementar sus rentas que se han visto disminuídas en este contexto de pandemia", señalan.

Cabe destacar que esta indicación fue rechazada por una unanimidad en la Comisión de Constitución.

Los mismos legisladores presentaron otra indicación en la cual proponen agregar el siguiente inciso al proyecto: "Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán informar en la cartola mensual que hacen llegar a sus afiliados, los montos disponibles en sus respectivos fondos, además de una explicación detallada que indique cómo se verá su pensión futura en caso de acceder al retiro".

Esta propuesta fue rechazada con un voto a favor, nueve en contra y una abstención.

Adecuación del nombre

Finalmente, el presidente de la comisión, Matías Walker, presentó una indicación de adecuación del nombre de la iniciativa para que denomine como: "proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos acomulados de capitalización individual en las condiciones que se indique".

Esta indicación obtuvo siete votos a favor, siendo aprobada.

Modificación artículo 1°

En la sesión también se rechazó indicaciones que proponían un nuevo artículo 1° que buscaba establecer que, por la declaración del estado de catástrofe, el Presidente de la República podría restringir las libertades de locomoción y de reunión.

En ese mismo marco, el Mandatario debía permitir, a todos los afiliados del sistema privado de pensiones, el retiro de un monto de dinero de sus cuentas de capitalización individual.

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