Instructivo de Contraloría para el Plebiscito: ¿Qué pueden hacer y qué no los empleados públicos?

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

La Contraloría General de la República emitió este jueves el instructivo oficial para autoridades, jefaturas y funcionarios públicos, detallando lo que pueden y no pueden hacer de cara al Plebiscito Constituyente programado para el próximo 26 de abril.

Esto, luego de que este miércoles se inició oficialmente el período de propaganda electoral, que se extenderá hasta el 23 de abril próximo.

Lo que no pueden hacer

Entre las primeras determinaciones del ente contralor se encuentra que los empleados mencionados, "en el desempeño de la función pública que ejercen, no deben promover o intervenir en campañas relativas a las posturas del plebiscito, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, o algunas las proposiciones plebiscitadas". 

Recursos públicos

Al mismo tiempo, desde Contraloría advirtieron la ilegalidad de, con los mismo propósitos, usar los recursos públicos, así como los bienes fiscales, municipales o de otras entidades estatales.

Redes sociales

También recordaron que los medios de información de carácter institucional, tales como páginas electrónicas y redes sociales, solo pueden ser utilizados para emitir expresiones que digan relación con el funcionamiento del organismo respectivo.

Vehículos estatales

El órgano contralor señaló además que "existe la prohibición absoluta de usar los vehículos estatales en cometidos particulares o ajenos al órgano o servicio al cual pertenecen".

¿Qué pueden hacer?

Junto con señalar que los funcionarios públicos están obligados por ley a actuar según el interés público por sobre el personal, Contraloría manifestó que esto "no obsta a que, al margen del desempeño del cargo, las autoridades, jefaturas y funcionarios, en su calidad de ciudadanos, se encuentran habilitados para emitir libremente sus opiniones en materias políticas y realizar actividades de esa naturaleza, siempre que las desarrollen fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios".

Finalmente, señalan que no contraviene las normas que los organismos con funciones comunicacionales "tales como el Ministerio Secretaria General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social y Familia, efectúe una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe acerca de las características de dicho proceso".

Un ejemplo de lo anterior es el siguiente video, publicado por la ministra vocera de Gobierno, Karla Rubilar:

Revisa el documento completo: