Chileno estuvo cinco meses pensando que era el padre de un bebé por error de laboratorio
- Por Rodrigo Miño
El Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago condenó al laboratorio Vitagen Chile SpA a pagar una indemnización total de $13.118.539, por entregar un resultado un incorrecto de examen de paternidad prenatal a Pablo García, quien durante cinco meses creyó ser el padre biológico de un bebé nacido en 2016.
La situación comenzó el 16 de enero de ese año, cuando la expareja del demandate le dijo que estaba embarazada. Ante las dudas, el sujeto, de profesión ingeniero, decidió realizarse una prueba de paternidad no invasiva, donde pagó 780 mil pesos.
Las muestras de sangre tanto de él como de la mujer, fueron enviadas por el laboratorio a la empresa canadiense Prenatal Genetics Center.
El 8 de febrero a las 16:24 de la tarde vía correo electrónico, segun consigna Las Últimas Noticias, la general manager de la empresa le escribió en inglés que él era el padre del menor en gestación: "We can conclude that Pablo... cannot be excluded as the biological father of the fetus" (Podemos concluir que Pablo... no puede ser excluido como el padre biológico).
No conforme con la respuesta, Garcia respondió el mail a las 16:59 horas, a lo que le respondieron: "Efectivamente usted es el padre. Los resultados indican que no puede ser excluido como padre, puesto que para asegurar esto al 100% habría que testear a todos los hombres del mundo".
Tras el resultado, el sujeto se volvió a emparejar con la mujer y el 5 de julio nació el menor. Posteriormente, la nueva familia se inscribió en un plan de isapre. Sin embargo, el ingeniero seguía con las dudas.
Fue así que pidió una nueva prueba de paternidad, pero esta vez utilizando la saliva del recién nacido y a otro laboratorio, quien le respondió que había un cero por ciento de probabilidad de paternidad.
Ante la sorpresa, García se realizó un tercer examen obteniendo el mismo resultado: 0% de compatibilidad.
Finalmente, el sujeto se hizo una última prueba, pero esta vez con Vitagen nuevamente, quienes el 19 de julio le dijeron: "Pablo García es 100% excluido como padre biológico del niño". Ahí decidió presentar una demanda contra este último laboratorio.
EL FALLO DECRETÓ NEGLICENCIA
El tribunal acogió la demanda y el miércoles 12 de septiembre de 2018, emitió el fallo sosteniendo que la persona quien le entregó los resultados realizó un "hecho negligente", debido a que "quien pese a no poseer ni los conocimientos técnicos ni la experticia médica -pues se trata de una profesional licenciada en relaciones internacionales-, interpretó primero un documento alejado de su campo de experticia, y por otro informó erróneamente que el actor (?) efectivamente era el padre del feto, instaurando una idea en el demandante que en realidad no lo era".
"La aclaración brindada por la demandada... se contrapone a las conclusiones vertidas en el informe emitido por el laboratorio canadiense Prenatal Genetic Center, pues este en caso alguno consigna semejante aseveración", indica el documento.
"La magistrada Rocío Pérez Gamboa acogió parcialmente la demanda principal de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, condenando solo a Vitagen a pagar al demandante la suma de $3.118.539 (tres millones ciento dieciocho mil quinientos treinta y nueve pesos), por concepto de daño patrimonial y la cantidad de $10.000.000 (diez millones de pesos), a título de daño moral".
Finalmente, el tribunal aclara que "debe entenderse que se trata de una acción que debe atribuirse a Vitagen y no a la demandada en su esfera personal. Que en este sentido, se trata de un hecho propio de Vitagen, quien a través de uno de sus órganos (?), cometió el hecho ilícito en comento, siendo responsabilidad de la empresa asumir las eventuales consecuencias dañosas y no la persona natural demandada", agregando que "el hecho negligente establecido en esta sentencia no proviene de una infracción a un contrato de test de paternidad prenatal, sino de una acción ajena a la esfera contractual y que puede entenderse como una infracción al deber genérico de no dañar a otro".
LA RESPUESTA DEL LABORATORIO
Al respecto, Carlos Durán, abogado de Vitagen, declaró al medio citado que apelaron el fallo a la Corte de Apelaciones de Santiago, porque sus representados "no pueden tener responsabilidad de un tercero que procesa e informa los resultados de muestras enviadas".
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